Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (08/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500866 carreras profesionales de: Administración, Contabilidad, Derecho, Ingeniería de Sistemas, y Psicología; por Resolución Nº 180-2004-CONAFU, de fecha 10 de setiembre de 2004, autoriza en la citada casa superior de estudios las Facultades de: Ingeniería con la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas; Humanidades con la Escuela Profesional de Psicología; Ciencias Contables y Administrativas con las Escuelas Académico Profesionales de Administración, y Contabilidad y Finanzas; Derecho con la Escuela Académicos Profesional de Derecho; y con Resolución Nº 104-2005-CONAFU, de fecha 29 de marzo de 2005, otorgó autorización defi nitiva de funcionamiento a la citada casa superior de estudios; Que, mediante los ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, solicita a la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y ofi cialización de la Segunda Especialidad en Gimnasia Cerebral, y Segunda Titulación en Toque para la Salud de la Escuela Académico Profesional de Psicología de la Facultad de Humanidades, anexando para tal efecto la Resolución de Directorio Nº 0193- A-2011/USS, de fecha 23 de marzo de 2011, y Resolución Rectoral Nº 037-B-2012/USS, de fecha 22 de febrero de 2012, así como los planes curriculares correspondientes; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante memorando Nº 588-2013-SE, el Secretario Ejecutivo dispone emitir una resolución por la cual se declare que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al haber cumplido con las disposiciones que establece la Ley Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos citados en el tercer considerando de la presente resolución; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de la Segunda Especialidad en Gimnasia Cerebral, y la Segunda Titulación en Toque para la Salud de la Escuela Académico Profesional de Piscología de la Facultad de Humanidades; quedando en consecuencia aprobadas para su implementación. Artículo 2º.- Regístrese ofi cialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en los artículos precedentes, y dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 970686-1 Declaran que el Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de especialización COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1124-2013-ANR Lima, 25 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nºs. 0088, 0144 y 0226-2013-IPNM/SG, de fechas 07 de marzo, 08 de abril y 04 de junio de 2013, informe Nº 138-2013-DGDAC, de fecha 05 de julio de 2013, memorando Nº 781-2013-SE, de fecha 12 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29696, se modifi ca el artículo 99º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, e incorpora en sus alcances, entre otros, al Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico, por el cual señala que mantiene el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por las leyes que lo rigen; asimismo, adquiere las atribuciones para otorgar en nombre de la nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, equivalentes a los otorgados por las universidades del país; Que, cumplimiento del dispositivo legal precedente, la Asamblea Nacional de Rectores expidió la Resolución Nº 1646-2012-ANR, de fecha 31 de octubre de 2012, declarando que el Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico, con sede en la provincia y departamento de Lima, ha cumplido con el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de las carreras profesionales de: Educación Inicial; Educación Primaria; Educación Secundaria, especialidades: Ciencias Naturales, Matemática – Física, Ciencias Histórico Sociales, Lengua, Literatura y Comunicación; e idiomas – Inglés; asimismo, establece que la creación de nuevos programas académicos requieren de la coordinación y autorización previa de la Asamblea Nacional de Rectores, conforme lo disponen las normas vigentes; Que, teniendo en cuenta los alcances de los considerandos precedentes, la Directora General del Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico, mediante los ofi cios de vistos, solicita el reconocimiento y ofi cialización de programas de especialización que serán ejecutados en convenio con el Ministerio de Educación, tal como lo precisa la Resolución Ministerial Nº 0300-2012-ED que aprueba los convenios de cooperación institucional entre el Ministerio de Educación y las universidades e institutos de educación superior pedagógicos con rango universitario, siendo estos los siguientes: • Especialización en Comunicación, Matemática y Psicomotricidad, dirigido a Docentes del Segundo Ciclo de Nivel Inicial de Educación Básica Regular • Especialización en Comunicación, dirigido a Docentes del Nivel Secundaria de Educación Básica Regular • Especialización en Matemática, dirigido a docentes del Nivel Secundaria de Educación Básica Regular; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la citada casa superior de estudios, en relación a la creación y funcionamiento de los programas académicos mencionados precedentemente, cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinión favorable para que