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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (30/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013 502058 Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual contiene cuatro (4) Capítulos, doce (12) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la norma aprobada en su Artículo 1º en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA DESIGNACIÓN DE VOCALES DEL TRIBUNAL DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1º.- Del Objeto El presente reglamento establece las disposiciones que regulan el concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 2º.- Del concurso público Mediante Resolución de Consejo Directivo del OEFA: a) Se autoriza la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. b) Se autoriza el aviso de convocatoria y se aprueban las Bases del referido concurso público. CAPÍTULO II COMITÉ EVALUADOR Artículo 3º.- Del Comité Evaluador 3.1 El Comité Evaluador es el encargado de realizar el concurso público. Se encuentra conformado por los siguientes funcionarios del OEFA: a) El Presidente del Consejo Directivo o su representante, quien lo preside. b) Un miembro del Consejo Directivo. c) El Secretario General. d) El Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. e) El Jefe de la Ofi cina de Administración. 3.2 El Comité Evaluador cuenta con un Secretario de Actas, quien es designado mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del OEFA. Este profesional brinda apoyo técnico y administrativo necesario para realizar el concurso público. 3.3 El Comité Evaluador podrá sesionar con al menos tres (3) de sus miembros. 3.4 Los miembros del Comité Evaluador y el Secretario de Actas ejecutan su encargo en forma ad honorem. CAPÍTULO III ETAPAS DEL CONCURSO PÚBLICO Artículo 4º.- De las etapas del concurso público El concurso público se desarrolla en las siguientes etapas, las cuales tienen carácter preclusivo: a) Convocatoria e inscripción. b) Declaración de postulantes aptos. c) Evaluación. d) Selección. Artículo 5º.- De la convocatoria e inscripción 5.1 La convocatoria comprende la publicación del aviso del concurso público y la divulgación de las Bases. El aviso de convocatoria se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación nacional, así como en los portales institucionales del Ministerio del Ambiente - MINAM y del OEFA. 5.2 La inscripción comprende la postulación de los interesados al concurso público dentro del plazo previsto en el cronograma. Para la inscripción, los interesados deben presentar una solicitud de postulación, su Currículum Vitae (Hoja de Vida) fi rmado y documentado en copia simple, así como los demás documentos exigidos por las Bases. Artículo 6º.- De los requisitos e incompatibilidades 6.1 Para postular al cargo de vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA los postulantes deben cumplir los requisitos previstos en el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA. 6.2 Los postulantes no deben estar incursos en las incompatibilidades previstas en el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA. Artículo 7º.- De la verifi cación de los requisitos de los postulantes 7.1 Al término del plazo para presentar las postulaciones y con la fi nalidad de determinar la relación de postulantes aptos, el Comité Evaluador verifi ca que los postulantes cumplan los requisitos y no se encuentren inmersos en causales de incompatibilidad. 7.2 Culminada la verifi cación, el Comité Evaluador publica la relación de postulantes aptos en los portales institucionales del MINAM y del OEFA. De comprobarse posteriormente la existencia de alguna incompatibilidad respecto de un postulante apto, el Comité Evaluador lo declarará inhábil en cualquier etapa del concurso público y lo retirará de dicha relación. Artículo 8º.- De la Evaluación 8.1 La etapa de evaluación comprende las fases de Evaluación Curricular y Entrevista Personal, las cuales tienen los siguientes puntajes: EVALUACIONES PESO PUNTAJE MÍNIMO PUNTAJE MÁXIMO Evaluación Curricular 60% 40 60 Entrevista Personal 40% 30 40 PUNTAJE TOTAL 100% 70 100 8.2 Los criterios para la distribución y asignación de los puntajes de la Evaluación Curricular y la Entrevista Personal, respectivamente, serán establecidos en las Bases del concurso público. Artículo 9º.- De la lista fi nal de postulantes seleccionados 9.1 Culminada la etapa de evaluación, el Comité Evaluador selecciona a los postulantes que hayan obtenido los mayores puntajes en estricto orden de mérito. Dichos postulantes seleccionados integran la lista fi nal que el Comité Evaluador presenta a la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA. 9.2 El concurso público culmina cuando se efectúa la entrega de la lista fi nal de postulantes a la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA. En este momento cesan las funciones del Comité Evaluador sin necesidad de declaración expresa. Artículo 10º.- De las impugnaciones 10.1 El Comité Evaluador es competente para resolver, en instancia única, las impugnaciones presentadas por los postulantes contra los resultados de cualquier etapa del presente proceso. 10.2 El plazo para interponer la impugnación es de dos (2) días hábiles computado desde la publicación de los resultados correspondientes. Solo serán admitidos y tramitados aquellas impugnaciones que se presenten,