Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2013 (05/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el texto de modificacion del parrafo 135.1010 b) de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 740-2013-MTC/01
MORDAZA, 3 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 837-2011MTC/01 se designo al senor Milwar MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo publico de confianza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que corresponde aceptar la citada renuncia; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 29370, 29158 y 27594 y el Decreto Supremo N° 021-2007MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, con eficacia al 01 de diciembre de 2013, la renuncia formulada por el senor Milwar MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo publico de confianza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Disponen la publicacion de resolucion que autoriza a Escuela de Choferes MORDAZA Ford MORDAZA Peru E.I.R.L. la modificacion de los terminos de autorizacion contenida en R.D. N° 3868-2012-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL N° 4570-2013-MTC/15
MORDAZA, 4 de noviembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 117753 y 142422, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CHOFERES MORDAZA FORD MORDAZA PERU EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ESCUELA DE CHOFERES MORDAZA FORD MORDAZA PERU E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3868-2012-MTC/15 de fecha 09 de octubre de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CHOFERES MORDAZA FORD MORDAZA PERU EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ESCUELA DE CHOFERES MORDAZA FORD MORDAZA PERU E.I.R.L., con RUC N° 20393381737 y domicilio en los locales ubicados en Avenida Yarinacocha Mz. 43 Lote N° 07, Distrito de Yarinacocha y en MORDAZA Tarapaca N° 813, 2do Piso, Distrito de Calleria, ambos en la Provincia de MORDAZA Portillo, Departamento de Ucayali; para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Resolucion Directoral N° 200-2013MTC/15 de fecha 10 de enero de 2013, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Parte Diario N° 117753 de fecha 16 de agosto de 2013, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral N° 3868-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de sus oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practico de mecanica, por el ubicado en: MORDAZA MORDAZA N° 621, 1er y 2do piso, Distrito de Calleria, Provincia de MORDAZA Portillo, Departamento de Ucayali; Que, mediante Oficio N° 6594-2013-MTC/15.03 de fecha 25 de setiembre de 2013, notificado el 26 de setiembre del presente ano, esta administracion advirtio las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual es respondido mediante Parte Diario N° 142422 de fecha 30 de setiembre de 2013; Que, el articulo 1° de la Ley N° 29060 senala que los procedimientos de evaluacion previa estan sujetos a silencio positivo, cuando se trate de algunos de los siguientes supuestos: a) Solicitudes cuya estimacion habilite para el ejercicio de derechos preexistentes o para el desarrollo de actividades economicas que requieran autorizacion previa del

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Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 135
RESOLUCION DIRECTORAL N° 596-2013-MTC/12
MORDAZA, 25 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru - RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el articulo 7º del citado Reglamento senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 480-2013-MTC/12, del 23 de setiembre de 2013, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificacion del parrafo 135.1010(b) de la RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido una sugerencia que ha sido acogida, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto modificatorio correspondiente; Que, el texto de modificacion de la RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares" cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion; y, la Asesoria Legal, emitidas mediante Memorando Nº 2787-2013-MTC/12.04, Informe Nº 591-2013-MTC/12.08 y Memorando Nº 17842013-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;

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