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El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013 508417 Ítem Descripción 10 Los formatos indicados en el literal ii) del numeral 1.2.1, contienen to- dos los campos de información completos y son coherentes con otros documentos generados. 11 El medidor intervenido cuenta con el sticker distintivo correspondiente, el cual incluye la información completa de los campos respectivos. En caso de incumplimientos, la concesionaria será pasible de sanción según lo señalado en el Título Cuarto del presente procedimiento. IV. TÍTULO CUARTO SANCIONES Y MULTAS Constituyen infracciones pasibles de sanción los siguientes hechos: a) Cuando las concesionarias no cumplen con remitir la información indicada en el Cuadro N° 1 dentro de los plazos establecidos; b) Cuando las concesionarias consignan información inexacta o distorsionada en los reportes remitidos al OSINERGMIN. c) Cuando los indicadores calculados exceden las tolerancias establecidas en la Escala de Multas y Sanciones aprobada por el OSINERGMIN. Dichas infracciones serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo N° 6 de la Escala de Multas y Sanciones aprobada por la Resolución Nº 028-2003- OS/CD o de acuerdo a la norma que la sustituya o complemente. V. TÍTULO QUINTO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS 5.1 Disposiciones Complementarias a. OSINERGMIN podrá, en base a los resultados de los contrastes, conformar muestras para realizar una evaluación por lotes de las marcas y modelo con mayor incidencia de error en todo el parque de medidores de la concesionaria. Si del resultado del análisis se evidencia que al interior de un lote de medidores se tiene un elevado número de medidores defectuosos, se dispondrá que la concesionaria ejecute las medidas pertinentes para corregir la defi ciencia (mediante su calibración o reemplazo de los medidores de todo el lote evaluado) en un plazo que el OSINERGMIN establecerá tomando en cuenta la magnitud de la defi ciencia detectada. b. Las concesionarias deben reponer los equipos de medición instalados que hayan excedido su tiempo de vida útil (30 años desde la fecha de su fabricación para medidores electromecánicos y electrónicos multifunción, así como 15 años para medidores estáticos) o que no cuenten con el correspondiente año de fabricación. Para tal fi n, deben presentar un cronograma de trabajo sobre reposición de medidores, adjunto a su Programa Semestral de Contraste. c. De detectarse alguna defi ciencia o incumplimiento de la normativa por parte de las entidades contrastadoras, ésta será comunicada al INDECOPI, una vez concluido el semestre de supervisión, a fi n de que dicha autoridad disponga las medidas correctivas y/o sanciones dentro de su ámbito de competencia. 5.2 Disposiciones Transitorias a. Siendo necesaria la contrastación de medidores estáticos (electrónicos) y considerando la reducida oferta para la contrastación de los mismos; dicho contraste se podrá realizar por medio de entidades actualmente acreditadas para contrastar medidores electromecánicos, siempre que los equipos patrones a utilizar cuenten con la certifi cación vigente del INDECOPI y sean por lo menos de clase dos veces mejor que la clase del medidor a contrastar. Siendo que la presente condición transitoria, no releva a las entidades contrastadoras de su obligación de ampliar el ámbito de su autorización para el contraste de medidores estáticos ante el INDECOPI, la presente Disposición Transitoria tendrá vigencia hasta el 30/06/2014. ANEXO Nº 1 Base de Datos del Total de Medidores de Energía Instalados Nombre del archivo: BDMED-AAAXYY.txt Donde: • AAA = Código de identifi cación de la concesionaria (NOTA: iv. del presente ANEXO) • X = I o II (semestre) • YY = año • txt=formato de extensión Ítem Tipo Longitud Máx. Descripción Observa- ciones 1 ALFANUMERICO 16 NÚMERO DEL SUMINISTRO (Debe coincidir con el reportado en el VNR) 2 ALFANUMERICO 250 APELLIDOS Y NOMBRES DEL CLIENTE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA SEGÚN CORRESPONDA 3 ALFANUMERICO 250 DIRECCIÓN DEL SUMINISTRO 4 ALFANUMERICO 03 MARCA DEL MEDIDOR (Considerar la tabla de códigos de marca de medidores establecidos en la Base Metodológica de la NTCSE) 5 ALFANUMERICO 20 MODELO DEL MEDIDOR 6 ALFANUMERICO 30 NÚMERO DE SERIE DEL MEDIDOR 7 NUMÉRICO 04 AÑO DE FABRICACIÓN DEL MEDIDOR 8 FECHA 10 FECHA DE AFERICIÓN DEL MEDIDOR Formato: “DD/MM/ AAAA” 9 ALFANUMERICO 04 INDICE DE CLASE DE PRECISIÓN DEL MEDIDOR 10 ALFANUMERICO 01 TIPO DE MEDIDOR M = Electromecánico E = Electrónico 11 ALFANUMERICO 06 CORRIENTE DEL MEDIDOR (A) Inominal/ Imáxima 12 ALFANUMERICO 05 OPCION TARIFARIA 13 ALFANUMERICO 01 FASES DE MEDIDOR M = Monofásico T = Trifásico 14 ALFANUMERICO 06 CÓDIGO DE UBIGEO DEL DISTRITO DONDE ESTA EL SUMINISTRO. Según tabla vigente del INEI. 15 ALFANUMERICO 30 LOCALIDAD Y/O CENTRO POBLADO DONDE SE UBICA EL SUMINISTRO (Para suministro rurales) 16 ALFANUMERICO 16 CÓDIGO DE LA SUBESTACIÓN (Debe coincidir con la información reportada en el VNR) 17 ALFANUMERICO 16 ETIQUETA DE CAMPO DE LA SUBESTACION (Debe coincidir con la información reportada en el VNR) 18 ALFANUMERICO 16 CODIGO DEL PUNTO DE CONEXIÓN (Debe coincidir con la información reportada en el VNR) 19 ALFANUMERICO 12 CÓDIGO DE ALIMENTADOR MT 20 ALFANUMERICO 01 SECTOR TIPÍCO 21 ALFANUMERICO 01 TIPO DE SUMINISTRO P = Provisional C = Bloque colectivo A = Alumbrado público D = Defi nitivo 22 ALFANUMERICO 02 NIVEL DE TENSION BT = Baja tensión MT = Media tensión 23 FECHA 10 FECHA DE LA ULTIMA CONTRASTACION DEL MEDIDOR (FUCM) Formato: “DD/MM/ AAAA”