Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2013 (08/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA 8 de diciembre de 2013

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Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la adjudicacion en compraventa directa por causal, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; 20. Que, estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0140-2013/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 30 de setiembre de 2013, elaborado por profesionales de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, resulta procedente aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion contemplada en el literal c) del articulo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151, a favor de la Empresa Komatsu Mitsui Maquinarias Peru S.A.; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modificatorias, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva N° 0032011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN, el Decreto de Urgencia N° 071-2001, la Resolucion 0352011/SBN-SG y la Resolucion N° 054-2013/SBN-SG; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la VENTA DIRECTA por causal de posesion contemplada en el literal c) del articulo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151, a favor de la Empresa Komatsu Mitsui Maquinarias Peru S.A., respecto del predio de 1 180,54m², ubicado en el distrito y Provincia Constitucional del Callao, el mismo que se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida N° 07014827 del Registro de Predios del Callao y registrado con el Codigo SINABIP N° 2107 correspondiente a la Provincia Constitucional del Callao. Segundo.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de US$ 688,668.00 (Seiscientos ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho con 00/100 Dolares Americanos), conforme a la valorizacion realizada por la Empresa MDS Consultores Asociados S.A.C., suma que debera ser cancelada por el adjudicatario, en el plazo de treinta (30) dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Tercero.- Los ingresos que se obtengan de la venta de los predios constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Cuarto.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor de la Empresa Komatsu Mitsui Maquinarias Peru S.A., una vez cancelado el precio de venta del predio. Quinto.- La MORDAZA Registral Nº IX ­ Oficina Registral del Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira en el Registro de Predios de Callao, los actos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la presente y de la correspondiente escritura publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 1024689-1

de sus usos permisibles la de industria, como es en el presente caso. En tal sentido, esta subdireccion a traves del Informe de Brigada N° 033-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 19 de febrero de de 2013 (fojas 215), complementado por el Informe de Brigada N° 334-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 18 de noviembre de 2013 (fojas 276 al 283), opino por la factibilidad del inicio del presente procedimiento administrativo, afirmando que se ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el literal c) del articulo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151. 12. Que, siendo asi, corresponde continuar con el tramite del presente procedimiento administrativo, es decir, con la etapa de tasacion. En ese sentido, mediante escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 13 de febrero de 2013 (fojas 195), la Empresa MDS Consultores Asociados S.A.C., remitio el Informe de Valuacion Comercial de "el predio" del 11 de febrero de 2013, resultando para el predio materia de compraventa un valor ascendente a la suma de S/. 1 776 074.77 (Un millon setecientos setenta y seis mil setenta y cuatro con 77/100 Nuevos Soles), que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de US$ 688,668.00 (Seiscientos ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho con 00/100 Dolares Americanos), segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado. Cabe indicar, que mediante el escrito s/n recepcionado por esta Superintendencia el 12 de marzo de 2013 "el administrado" manifiesta su aceptacion al valor comercial de la tasacion (foja 223) y nos adjunta la Vigencia de Poder del 21 de enero de 2013, emitido por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos-Oficina Registral de MORDAZA (fojas 225 al 228). 13. Que, mediante el Oficio N° 1102-2013/SBNDGPE-SDDI de fecha 16 de setiembre de 2013, esta Subdireccion solicito a la Empresa MDS Consultores Asociados S.A.C., la actualizacion de la tasacion de "el predio", de conformidad con lo establecido en el articulo 36° del Reglamento de la Ley N° 29151 concordado con el subnumeral 3.9 del numeral 3 de la Directiva N° 003-2011/ SBN. Cabe indicar, que la citada empresa a traves de la carta s/n recepcionado el 04 de octubre de 2013 (fojas 267), nos informa que la tasacion sigue vigente hasta el mes de noviembre del presente ano. 14. Que, en atencion a lo expuesto, corresponde ejecutar la etapa de publicacion prevista en el articulo 78º del "Reglamento", y desarrollada por el item 3.10) del numeral 3° de la "Directiva"; siendo asi, se procedio con lo dispuesto por el articulo 78º del "Reglamento", concordado con el numeral 3.10) de la "Directiva". En el presente caso, la publicacion se llevo a cabo en el Diario Oficial "El Peruano" (fojas 233) y en el Diario "El Comercio" (fojas 234) en el dia 10 de MORDAZA de 2013. Cabe senalar, que los avisos tienen como finalidad que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre "el predio" puedan oponerse dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion. 15. Que, teniendo en cuenta que la MORDAZA publicacion se dio el dia 10 de MORDAZA de 2013, los terceros afectados tenian como plazo MORDAZA para oponerse al presente procedimiento administrativo, hasta el 23 de MORDAZA de 2013; sin embargo, no se ha presentado oposicion alguna dentro del plazo MORDAZA senalado, conforme consta del Memorando N° 679-2013/SBN-SG-UTD, de fecha 30 de setiembre de 2013 (fojas 259) de la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia, razon por la cual, corresponde continuar con el tramite del presente procedimiento administrativo. 16. Que, mediante el Memorando Nº 288-2013/SBN-PP de fecha 15 de MORDAZA de 2013 (fojas 237), la Procuraduria Publica de esta Superintendencia, nos informo que sobre "el predio" no recae ningun MORDAZA judicial. 17. Que, mediante el Memorando Nº 1573-2013/SBNDGPE, de fecha 20 de noviembre de 2013, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la compraventa directa por causal del predio materia de la presente resolucion; 18. Que, mediante Memorando Nº 707-2013/SBNOAJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, la Oficina de Asesoria Juridica opina que la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Directiva N° 003-2011-SBN, aprobada por la Resolucion N° 020-2011-SBN, en el tramite de compraventa directa por causal de posesion; 19. Que, mediante Memorando Nº 0132-2013/SBN, de fecha 29 de noviembre de 2013, la Superintendente

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de MORDAZA y Tumbes
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 248-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 117-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 455

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