Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2013 (08/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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488,15 m² ubicado al Sur de la MORDAZA de MORDAZA entre la carretera Binacional y la carretera Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: SE RESUELVE: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 455 488,15 m² ubicado al Sur de la MORDAZA de MORDAZA entre la carretera Binacional y la carretera Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral a la MORDAZA Registral Nº XIII ­ Sede Tacna, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 20 de MORDAZA de 2013 sobre la base del Informe Tecnico Nº 497-2013-ZRNº XIII/OC-ORM-R de fecha 17 de MORDAZA de 2013 la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna, senala que sobre el area en consulta no se puede efectuar la correcta verificacion de dicha MORDAZA por cuanto a la fecha no se cuenta con informacion digitalizada al 100% de los predios inscritos en la Region MORDAZA, asimismo, el area en consulta se encuentra sobre parte de una concesion inscrita en la Partida 05000524 del Registro de Predios de Moquegua; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, la concesion que figura en la partida MORDAZA senalada no impide inscribir en primera de dominio un predio cuyo ambito este parte o dentro de una concesion, dado que la inscripcion de una concesion no constituye propiedad inmueble; Que, en ese sentido, las concesiones que se hayan otorgado sobre el predio que nos ocupa, solo otorga al concesionario el derecho de uso, mas no el derecho de propiedad, por lo que no afecta el procedimiento de primera inscripcion de dominio que se viene tramitando a favor del estado; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 01 de MORDAZA de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo arcilloso con afloracion rocosa y una topografia relativamente plana y una pendiente menor al 10%; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 455 488,15 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento

El Peruano MORDAZA 8 de diciembre de 2013

aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0306 -2013/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de noviembre de 2013;

Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 455 488,15 m² ubicado al Sur de la MORDAZA de MORDAZA entre la carretera Binacional y la carretera Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1024898-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 249-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 510-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 410 201,81 m², ubicado en la MORDAZA Oeste de la jurisdiccion del distrito de Zorritos, sector Cancas ­ Cardalito, entre los Km 1214 y 1218 de la Carretera Panamericana Norte, del distrito de Zorritos, provincia Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 410 201,81 m², ubicado en la MORDAZA Oeste de la jurisdiccion del distrito de Zorritos, sector Cancas ­ Cardalito, entre los Km 1214 y 1218 de la Carretera Panamericana Norte, del distrito de Zorritos, provincia Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral Nº I Sede MORDAZA, con Oficio Nº 790-2013-ZRIORT de fecha 19 de setiembre de 2013, remitio el informe Nº 242-2013-OC-ZR-I/SUNARP, de fecha 18 de setiembre de 2013, en el que se informo que el predio de 62 452,64 m² no cuenta a la fecha con antecedente grafico registral, sin embargo se encuentra totalmente graficamente en el ambito de la MORDAZA de dominio restringido segun lo indicado en el articulo 1 de la Ley 26856, senalando por ultimo que a la fecha no se ha determinado otros predios inscritos en esa jurisdiccion; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral Nº I Sede MORDAZA, con Oficio Nº 789-2013-ZRIORT de fecha 19 de setiembre de 2013, remitio el informe Nº 243-2013-OC-ZR-I/SUNARP, de fecha 18 de Setiembre de 2013, en el que se informo que el predio de 115 714,77 m² no cuenta a la fecha con antecedente grafico registral,

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