Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

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Publico de Telefonia Fija, seria aprobado mediante Resolucion Vice Ministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial N°415-2013MTC/03 de fecha 13 de MORDAZA de 2013, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, del proyecto de Resolucion Vice Ministerial que aprueba el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de Portabilidad Numerica en los servicios de telefonia fija; y el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que aprueba las Condiciones para la Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija, el cual se encuentra recogido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion del Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija, conjuntamente con su exposicion de motivos, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones ANEXO PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACION DE LA PORTABILIDAD NUMERICA EN EL SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA FIJA ACTIVIDAD 1: ADECUACIONES Y PRUEBAS INTERNAS 1.a La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas­Principales de Portabilidad Numerica del servicio publico de telefonia fija y de los servicios moviles, realizara la implementacion y pruebas internas necesarias para el funcionamiento optimo de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija, conforme a los procedimientos, directrices y otros aspectos que establezca el OSIPTEL. 1.b Los concesionarios del servicio publico de telefonia fija realizaran las adecuaciones y pruebas necesarias en sus redes, comprendiendo principalmente, a: · La Base de Datos Local, para interactuar con la Base de Datos Centralizada­Principal de Portabilidad Numerica del servicio publico de telefonia fija. · Los enlaces y/o conexiones con la Base de Datos Centralizada­Principal de Portabilidad Numerica del servicio publico de telefonia fija. · La plataformas de pago (prepago, recargas virtuales, entre otros). · La plataforma de red inteligente 0-80C y de servicios (centro de atencion de llamadas, aplicaciones web, en

a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1027031-1

Aprueban el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 644-2013-MTC/03 MORDAZA, 13 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numerica en los servicios de telefonia fija, instituye el derecho del usuario de telefonia fija de conservar su numero telefonico aun cuando cambie de empresa operadora, disponiendo la entrada en vigencia del referido derecho de manera gradual a nivel nacional, a mas tardar el 28 de MORDAZA del ano 2014; Que, asimismo, la citada Ley N° 29956 dispone que en tanto entre en vigencia el derecho de portabilidad numerica en los servicios de telefonia fija, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, determinaran las condiciones tecnicas, economicas y administrativas que requiere la implementacion de la portabilidad numerica en el servicio publico de telefonia fija en nuestro pais; Que, con la finalidad de definir las condiciones MORDAZA senaladas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el OSIPTEL conformaron un Grupo de Trabajo que asumio el encargo de formular recomendaciones a ser aplicadas para implementar la portabilidad numerica en el servicio publico de telefonia fija; Que, el mencionado Grupo de Trabajo ha evaluado informacion recabada principalmente de los concesionarios del servicio publico de telefonia fija; producto de lo cual ha recomendado la aprobacion de un Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija, que definira las actividades a ser realizadas por los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones, el Administrador de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de Portabilidad Numerica del servicio publico de telefonia fija y de los servicios moviles, asi como las entidades del Estado involucradas en dicha implementacion, en modo tal que esta se produzca dentro del plazo establecido por la Ley N° 29956; Que, mediante Decreto Supremo N°016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio Publico de Telefonia Fija, disponiendose en su Primera Disposicion Complementaria Final que el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu. com.pe. LA DIRECCION

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