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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Sábado 14 de diciembre de 2013 509215 a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1027031-1 Aprueban el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 644-2013-MTC/03 Lima, 13 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fi ja, instituye el derecho del usuario de telefonía fi ja de conservar su número telefónico aun cuando cambie de empresa operadora, disponiendo la entrada en vigencia del referido derecho de manera gradual a nivel nacional, a más tardar el 28 de julio del año 2014; Que, asimismo, la citada Ley N° 29956 dispone que en tanto entre en vigencia el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fi ja, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, determinarán las condiciones técnicas, económicas y administrativas que requiere la implementación de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fi ja en nuestro país; Que, con la fi nalidad de defi nir las condiciones antes señaladas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el OSIPTEL conformaron un Grupo de Trabajo que asumió el encargo de formular recomendaciones a ser aplicadas para implementar la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fi ja; Que, el mencionado Grupo de Trabajo ha evaluado información recabada principalmente de los concesionarios del servicio público de telefonía fi ja; producto de lo cual ha recomendado la aprobación de un Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, que defi nirá las actividades a ser realizadas por los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, el Administrador de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja y de los servicios móviles, así como las entidades del Estado involucradas en dicha implementación, en modo tal que ésta se produzca dentro del plazo establecido por la Ley N° 29956; Que, mediante Decreto Supremo N°016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, disponiéndose en su Primera Disposición Complementaria Final que el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, sería aprobado mediante Resolución Vice Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N°415-2013- MTC/03 de fecha 13 de julio de 2013, se dispuso la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, del proyecto de Resolución Vice Ministerial que aprueba el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de Portabilidad Numérica en los servicios de telefonía fi ja; y el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que aprueba las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, el cual se encuentra recogido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, conjuntamente con su exposición de motivos, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones ANEXO PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA ACTIVIDAD 1: ADECUACIONES Y PRUEBAS INTERNAS 1.a La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja y de los servicios móviles, realizará la implementación y pruebas internas necesarias para el funcionamiento óptimo de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, conforme a los procedimientos, directrices y otros aspectos que establezca el OSIPTEL. 1.b Los concesionarios del servicio público de telefonía fi ja realizarán las adecuaciones y pruebas necesarias en sus redes, comprendiendo principalmente, a: • La Base de Datos Local, para interactuar con la Base de Datos Centralizada–Principal de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja. • Los enlaces y/o conexiones con la Base de Datos Centralizada–Principal de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja. • La plataformas de pago (prepago, recargas virtuales, entre otros). • La plataforma de red inteligente 0-80C y de servicios (centro de atención de llamadas, aplicaciones web, en REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe. LA DIRECCIÓN