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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Sábado 14 de diciembre de 2013 509225 Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la autorización y registro de la empresa J&O Consulting S.A. como Entidad Evaluadora Externa con fines de Acreditación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 135-2013-COSUSINEACE/P Lima, 10 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nº 814-2013-MINEDU/COSUSINEACE- CONEACES y Nº 838-2013-MINEDU/COSUSINEACE- CONEACES, remitidos por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al artículo 13º de la mencionada Ley, los órganos operadores son los encargados de garantizar la calidad educativa en el ámbito de la Educación Básica y Técnico-Productiva, en la Educación Superior No Universitaria y Universitaria, públicas y privadas, estableciéndose asimismo en el artículo 15º literal b) que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES, tiene competencia en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria; Que, a través de la segunda versión del “Procedimiento para la Autorización y Registro de Entidades Evaluadoras Externas con fi nes de Acreditación” del CONEACES, aprobado mediante Resolución N° 047-2012-SINEACE/ P de 06 de diciembre de 2012, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 28740, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, se han establecido los requisitos a cumplir por parte de las organizaciones que soliciten la autorización y registro como Entidades Evaluadoras Externas con fi nes de acreditación; Que, mediante el Acuerdo Nº 1124-2013-CONEACES, de Sesión N° 229-2013-CONEACES, del 23 de noviembre del 2013, el Directorio del CONEACES acordó aprobar la autorización y registro de la empresa J&O Consulting S.A. como Entidad Evaluadora Externa al haber cumplido los requisitos de la Ley del SINEACE y su Reglamento, así como del Procedimiento de Autorización y Registro aprobado por el CONEACES; Que, mediante los documentos de vistos, el Presidente del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado y solicita su formalización, siendo necesario en tal sentido emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2013-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 1124-2013- CONEACES, de Sesión N° 229-2013-CONEACES, del 23 de noviembre de 2013, mediante el cual el Directorio del CONEACES aprobó la autorización y registro de la empresa J&O Consulting S.A. como Entidad Evaluadora Externa con fi nes de Acreditación. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, así como en la página web del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1027055-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN