Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que la carga procesal de expedientes en materia de familia que se encuentran en tramite en el Juzgado Civil Permanente de MORDAZA, se remita al Juzgado Mixto Permanente de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 284-2013-CE-PJ MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 188-2013-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 075-2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal; y el Informe Tecnico Nº 018-2013-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA formula propuesta para remitir la carga correspondiente a materia familia del Juzgado Civil Permanente de MORDAZA al Juzgado Mixto Permanente de la misma provincia; a fin de equiparar la carga procesal en ambos organos jurisdiccionales. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 075-2013-GO-CNDPCE/PJ, el cual concluye en lo siguiente: a) Al mes de setiembre del presente ano, la carga procesal del Juzgado Civil Permanente de MORDAZA se encuentra en situacion de sobrecarga, por cuanto tiene 986 expedientes principales. b) La carga procesal del Juzgado Mixto Permanente de MORDAZA se encuentra en situacion de subcarga, contando con 34 expedientes principales; y c) La redistribucion de la carga procesal entre ambos organos jurisdiccionales resultaria pertinente ya que se equipararia la cantidad de expedientes principales. Tercero. Que este Organo de Gobierno tiene entre sus atribuciones adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia, de conformidad con el articulo 82°, numeral 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 838-2013 de la MORDAZA sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2014, que la carga procesal de expedientes en materia de familia que se encuentran en tramite en el Juzgado Civil Permanente de MORDAZA, se remita al Juzgado Mixto Permanente de la misma provincia, ambos de la Corte Superior de Justicia de Ancash. A partir de la mencionada fecha, los procesos en materia de familia seran conocidos por el Juzgado Mixto Permanente de Huari. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la

Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1027964-1

Amplian competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Pichari - VRAEM, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 285-2013-CE-PJ MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 191-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 077-2013-GO-CNDP-CE/PJ, cursado por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal; y el Oficio N° 1018-2013-P-CSJAY/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita la ampliacion de competencia territorial e itinerancia de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria con sede en Pichari - VRAEM (Valle de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro); y propone ademas que se lleve a cabo los juicios orales en las localidades de Huanta, San MORDAZA y Ayacucho. La peticion se fundamenta en que el referido organo jurisdiccional debe tramitar mayor numero de expedientes y de esa manera incrementar su produccion jurisdiccional. Segundo. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal emite el Informe N° 077-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el cual concluye que la referida Sala Superior presenta subcarga procesal con nivel de resolucion de expedientes muy bajo, por lo que resulta factible la propuesta presentada por el Presidente del referido Distrito Judicial, a fin de coadyuvar a mejorar el servicio de administracion de justicia. Tercero. Que, por lo tanto, resulta necesario adoptar las acciones pertinentes a fin de ampliar la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Pichari - VRAEM, establecida por Resolucion Administrativa N° 414-2009-CE-PJ, de fecha 30 de diciembre 2009, a efectos que comprenda ademas al Juzgado Mixto de San MORDAZA, Juzgado Mixto de Chungui Juzgado Penal de Huanta, Juzgado Mixto de Huanta y Juzgado Mixto de Churcampa. Cuarto. Que este Organo de Gobierno tiene entre sus atribuciones adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia, de conformidad con el articulo 82°, numeral 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 839-2013 de la MORDAZA sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar, a partir de 1 de enero de 2014, la competencia territorial de la Sala Mixta

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