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El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511238 (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 6º.- De la instalación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial se instalará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución suprema. Artículo 7°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Educación y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1032381-9 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 548-2013-ANA Lima, 26 de diciembre de 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 008-2013-PCRH-CUENCA QUILCA CHILI del Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, en su artículo 24º establece que los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-AG se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili; Que, el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de esta autoridad en su artículo 41º dispone que, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca cuentan con un Reglamento Interno para su funcionamiento, y que es aprobado mediante resolución jefatural; Que, en este sentido, mediante documento del visto el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, remite el proyecto de reglamento interno que fue validado y consensuado por los integrantes del citado Consejo de Cuenca, según es de verse del acta de acuerdos de fecha 18.11.2013; Que, con Informe Técnico Nº 029-2013-ANA- DCPRH-GRH-OCA/GSB la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos concluye que el proyecto de Reglamento Interno presentado guarda conformidad con lo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 290-2012-ANA que aprobó los “Lineamientos para la Elaboración del Reglamento Interno de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca”, por lo que recomienda la aprobación del reglamento interno; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, a fi n de garantizar el adecuado funcionamiento y organización del citado Consejo; y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con el visto de Secretaría General, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, que consta de un Título Preliminar, seis (6) títulos, veintisiete (27) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales y dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publíquese en el portal institucional www. ana.gob.pe, el Reglamento Interno aprobado mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1032317-1 Dan por concluidas encargaturas y encargan funciones de diversas Direcciones de Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 551-2013-ANA Lima, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Autoridades Administrativas del Agua son órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos hídricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura; Que, las Administraciones Locales de Agua, son unidades orgánicas de las Autoridades Administrativas del Agua que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales, de conformidad con el artículo 40º del citado dispositivo legal; Que, la Jefatura de la entidad está facultada para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua, de acuerdo a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; Que, resulta necesario efectuar rotaciones y dar por concluidas algunas encargaturas de funciones de Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua; Que, de conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.