Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

511241
de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chira ­ Piura. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1032317-7

CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural Nº 472-2013-ANA de fecha 24.10.2013, se otorgo un plazo de treinta (30) dias naturales para la implementacion e inicio de funciones de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Tumbes; Que, con el documento del visto, la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos senala que estando en MORDAZA la elaboracion de la propuesta de funcionamiento de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Tumbes, accion que requiere de mayor tiempo para su culminacion, plantea la ampliacion del referido plazo; Que, atendiendo a lo expuesto, es necesario dictar las disposiciones que permita el desarrollo de las funciones de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Tumbes en concordancia con las normas de la materia; y, Con el visto de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Secretaria General, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliase, hasta el 31 de enero de 2014, el plazo para la implementacion e inicio de funciones de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Tumbes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1032317-6 RESOLUCION JEFATURAL Nº 558-2013-ANA MORDAZA, 26 de diciembre de 2013 VISTO: El Informe Tecnico Nº 015-2013-ANA-DCPRH-GRHOCA/JRP de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural Nº 475-2013-ANA de fecha 24.10.2013 se otorgo un plazo de treinta (30) dias naturales para la implementacion e inicio de funciones de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chira ­ MORDAZA ; Que, con el documento del visto, la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos senala que estando en MORDAZA la elaboracion de la propuesta de funcionamiento de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chira ­ MORDAZA, accion que requiere de mayor tiempo para su culminacion, plantea la ampliacion del referido plazo; Que, atendiendo a lo expuesto, es necesario dictar las disposiciones que permita el desarrollo de las funciones de la Secretaria Tecnica del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chira ­ MORDAZA en concordancia con las normas de la materia; y, Con el visto de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Secretaria General, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliase, hasta el 31 de enero de 2014, el plazo para la implementacion e inicio de funciones

AMBIENTE
Disponen publicar la "Guia para la Deteccion y Toma de Muestra de Peces Ornamentales Transgenicos Fluorescentes" y el proyecto de Resolucion Ministerial de aprobacion en el MORDAZA web institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 394-2013-MINAM MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 Vistos, el Memorandum N° 694-2013-VMDERN/ MINAM de 29 de noviembre de 2013, del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales; el Informe N° 263-2013-DGDB/DVMDERN/MINAM de 26 de noviembre de 2013, de la Direccion General de Diversidad Biologica; y, demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, mediante Ley N° 29811 se establece la moratoria de diez (10) anos que impida el ingreso y produccion en el territorio nacional de organismos vivos modificados (OVM) con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuaticos, a ser liberados en el ambiente, con la finalidad de fortalecer las capacidades nacionales, desarrollar la infraestructura y generar la lineas de base respecto de la biodiversidad MORDAZA, que permita una adecuada evaluacion de las actividades de liberacion al ambiente de OVM; Que, el articulo 4° de la Ley N° 29811 establece que todo material genetico que ingrese al territorio nacional debe acreditar su condicion de no ser OVM, salvo los OVM destinados al uso en espacio confinado para fines de investigacion, los OVM usados como productos farmaceuticos y veterinarios, asi como los OVM y/o productos derivados importados para fines de alimentacion directa humana y animal o para su procesamiento. De comprobarse que el material analizado es OVM, la Autoridad Nacional Competente procede a su decomiso y destruccion y a la aplicacion de la sancion correspondiente; Que, el articulo 7° de la Ley N° 29811 senala que corresponde a los ministerios de Agricultura, de Salud y de la Produccion y a los organismos publicos adscritos al Ministerio del Ambiente, en coordinacion con el Ministerio Publico y con los gobiernos regionales y locales, vigilar y ejecutar las politicas de conservacion de los centros de origen y la biodiversidad, asi como controlar el comercio transfronterizo, para lo cual adecuan sus normas y procedimientos sectoriales, regionales y locales respectivos; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un periodo de 10 anos, en el cual se determina, entre otros aspectos, los controles que deben realizar las autoridades competentes para impedir el ingreso ilegal de OVM al territorio nacional, tales como exigir informacion respecto a la naturaleza del material de propagacion o reproduccion, donde se indicara con caracter de Declaracion Jurada si la mercancia es

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.