Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Gobierno de la Republica Federal de Alemania, a traves del Kreditanstalt fur WiederaufbauKfW, hasta por la suma de EUR 1 000 000,00 (UN MILLON Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Riego y Manejo de Recursos Hidricos en la Sub Region Chanka ­ MORDAZA II". Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de Riego y Manejo de Recursos Hidricos en la Sub Region Chanka ­ MORDAZA II", sera el Gobierno Regional de Apurimac. Articulo 4º.- Convenio de Traspaso de Recursos El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara al Gobierno Regional de MORDAZA, los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento externo y del aporte financiero no reembolsable, que se aprueban en el Articulo 1 y 2 del presente Decreto Supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Contrato de Prestamo y de Aporte Financiero correspondiente a las operaciones que se aprueban en el Articulo 1 y 2 de este Decreto Supremo, respectivamente; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar las citadas operaciones. Articulo 6º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el Articulo 1 del presente Decreto Supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de deuda. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1032382-8

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

Y 00/100 EUROS), denominada "Programa de Reforma de Gestion Municipal I", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley N° 29953; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con el MORDAZA Macroeconomico Multianual Revisado 2014-2016, actualizado al mes de agosto de 2013; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento externo, no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y su modificatoria, la Ley N° 29953, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau- KfW, hasta por la suma de EUR 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar el "Programa de Reforma de Gestion Municipal I". 1.2 La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara en 18 (dieciocho) anos, que incluye un periodo de MORDAZA de 05 (cinco) anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas, y en lo posible iguales, de acuerdo a la politica de KfW. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes fija anual a ser determinada por el KfW en la fecha de la firma del contrato de prestamo. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso del 0,25% anual sobre el principal del prestamo no desembolsado, asi como una comision de administracion del 1% sobre el monto total del prestamo, por una sola vez. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de Reforma de Gestion Municipal I" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, quien contara con el apoyo de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el Articulo 1 de este Decreto Supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones demas gastos que ocasione la operacion de

Aprueban operacion de endeudamiento externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 356-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 104 000 000,00 (MIL CIENTO CUATRO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por la suma de EUR 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES

y

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