TEXTO PAGINA: 17
El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511243 artículo 1º del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal del Instituto Geográfi co Nacional (www.ign.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004- 2008-PCM. Artículo 3.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 003-2011-DE del 12 de abril de 2011, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geográfi co Nacional - IGN. Artículo 4.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032381-2 Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM) DECRETO SUPREMO Nº 019-2013-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y se establecieron las disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprobó el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, en el cual se establecen disposiciones que facilitan el proceso de elaboración del referido documento de gestión por parte de las Entidades Públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se establece la metodología de Simplifi cación Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la administración pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, conforme el numeral 11.2 del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM) cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Racionalización de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, asimismo en el marco de la Reforma y Gestión del Estado, de acuerdo a las disposiciones legales contenidas en los Decretos Supremos acotados en los considerandos precedentes, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha actualizado la normativa para aplicar una nueva metodología de determinación de costos de los mencionados procedimientos y servicios teniendo en cuenta la implementación de la metodología de simplifi cación administrativa, por lo que resulta pertinente aprobar el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM), que permita garantizar una mejor orientación y servicio al público usuario: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el artículo 38º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1134 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del TUPA. Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM), que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a que se refi ere el artículo 1 del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM) (www.enamm.edu.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Artículo 3º.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 003-2011-DE del 12 de abril de 2011, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau (ENAMM). Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032381-3 Autorizan viaje de suboficiales del Ejército y acompañantes a EE.UU. por tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 820-2013-DE/EP Lima, 26 de diciembre de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 020 Y-4.b.1/15.00 de diciembre 2013, del Comando de Salud del Ejército.