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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511249 Estando a lo propuesto por el Ministro Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al General de División Benigno Leonel Cabrera Pino como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032382-16 Autorizan al Pliego 026 Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 009 Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, realizar Transferencia Financiera de recursos a la Caja de Pensiones Militar Policial, para el pago de obligaciones previsionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1360-2013-DE/SG Jesús María, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1403-2012- DE/SG de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2013 del Pliego 026 Ministerio de Defensa – MINDEF, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que luego que se incorporen los recursos en los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, por la suma de SEISCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 631’400,000.00), hasta el 30 de diciembre de 2013, dichas Entidades, mediante resolución de su titular que se publica en el diario ofi cial El Peruano, deberán autorizar una transferencia fi nanciera, por el monto total de los recursos que les han sido transferidos en virtud de lo establecido en la referida disposición, a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de dicha Entidad; Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 326-2013-EF, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha del 19 de diciembre del 2013, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 629’929,800.00), del cual corresponde al Pliego 026 Ministerio de Defensa, la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335’132,800.00); para ser destinados a los fi nes señalados en el párrafo precedente; Que, en el marco del Decreto Supremo antes señalado, mediante la Resolución Ministerial Nº 1280- 2013-DE/SG de fecha 23 de diciembre 2013, se autoriza la incorporación de recursos en el presupuesto del Pliego 026 Ministerio de Defensa, hasta por el citado importe para los fi nes indicados; Que mediante el Ofi cio Nº 1984-MINDEF-VRD/ DIGEPREV/E/02.a-4 de fecha 23 de diciembre 2013, el Director General Previsional de las Fuerzas Armadas solicita realizar la transferencia fi nanciera por el referido monto a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial, para el pago de las Obligaciones Previsionales a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley Nº 19846, correspondiente al Año Fiscal 2014; De conformidad con lo dispuesto el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo N° 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 que aprueba la Directiva N° 005-2010-EF/76.01-“Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 026 Ministerio de Defensa, – Unidad Ejecutora 009 Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas, realizar una Transferencia Financiera de recursos, por el importe de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335’132,800.00), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial, para el pago de las Obligaciones Previsionales a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley Nº 19846, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 2º.- El egreso, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 009 Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas, Actividad 5.000991 Obligaciones Previsionales, Genérica de Gasto 5 Otros Gastos, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Enlace Administrativo de la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032182-1 Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1361-2013-DE/SG Jesús María, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro es la máxima autoridad del Sector y el titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Defensa; asimismo, el artículo 12º señala que el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa tiene, entre otras funciones, la conducción y supervisión de los procesos de planifi cación para la provisión de los recursos presupuestarios asignados al pliego; así como la supervisión de su empleo; Que, el numeral 28 del artículo 10º de la cita norma, establece que es función del Ministro de Defensa, delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el último párrafo del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;