Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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o no OVM con fines de crianza o cultivo, intervenir en la inspeccion fisica de la mercancia al momento de su ingreso al MORDAZA, asi como tomar muestras aleatorias, realizando el analisis cualitativo de aquellas mercancias que se encuentren en MORDAZA primaria o remitiendolos a laboratorios debidamente acreditados, con la finalidad que se determine su condicion de OVM; Que, el citado Reglamento establece, en su articulo 39°, numeral 39.2, que el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA y las demas autoridades de vigilancia mencionadas en el articulo 7° de la Ley Nº 29811, utilizara, entre otros, analisis cualitativos en MORDAZA a fin de realizar un primer analisis que permita obtener indicios de la posible presencia de OVM en el ambiente. De encontrar muestras positivas a la presencia de una o mas modificaciones geneticas, estas seran debidamente clasificadas y remitidas a los laboratorios acreditados; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Final del acotado Reglamento senala que el Ministerio del Ambiente aprobara, mediante Resolucion Ministerial y en el MORDAZA de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion de la norma; Que, de acuerdo a los documentos de visto, las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley N° 29811, requieren ser complementadas mediante guias que orienten la actuacion de las entidades competentes y responsables del control y vigilancia del ingreso de OVM, asi como la vigilancia fuera de espacios confinados; Que, en tal sentido, el Ministerio del Ambiente ha elaborado la "Guia para la Deteccion y Toma de Muestra de Peces Ornamentales Transgenicos Fluorescentes", la cual previo a su formal aprobacion, requiere ser puesta en conocimiento del publico para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que corresponde emitir la presente resolucion; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Direccion General de Diversidad Biologica, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 29811, Ley que Establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismo Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 anos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2012-MINAM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion de la "Guia para la Deteccion y Toma de Muestra de Peces Ornamentales Transgenicos Fluorescentes", asi como el respectivo Proyecto de Resolucion Ministerial de aprobacion, en el MORDAZA Web Institucional del Ministerio del Ambiente, a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo, senalado en el articulo 1º de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste Nº 1440, San MORDAZA ­ MORDAZA, o a la direccion electronica bioseguridad@ minam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1032351-1

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

DEFENSA
Aprueban el Texto Unico Procedimientos Administrativos Instituto Geografico Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 018-2013-DE El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 37º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de elaborar, aprobar y publicar sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, y se establecieron las disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprobo el formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, en el cual se establecen disposiciones que facilitan el MORDAZA de elaboracion del referido documento de gestion por parte de las Entidades Publicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se establece la metodologia de Simplificacion Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la administracion publica; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Publicas en cumplimiento del numeral 44.6 del articulo 44 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, conforme el numeral 11.2 del articulo 11 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Instituto Geografico Nacional cuenta con la opinion favorable de la Direccion de Racionalizacion de la Direccion General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, asimismo en el MORDAZA de la Reforma y Gestion del Estado, de acuerdo a las disposiciones legales contenidas en los Decretos Supremos acotados en los considerandos precedentes, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha actualizado la normativa para aplicar una nueva metodologia de determinacion de costos de los mencionados procedimientos y servicios teniendo en cuenta la implementacion de la metodologia de simplificacion administrativa, por lo que resulta pertinente aprobar el nuevos Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Geografico Nacional, que permita garantizar una mejor orientacion y servicio al publico usuario; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 38º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del MORDAZA Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Instituto Geografico Nacional que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Publicacion El presente Decreto Supremo, sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA a que se refiere el

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