Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511250 Que, el numeral 67.1 del artículo 67º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012- EF, dispone que el titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la referida ley, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la citada norma establece que, las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; pudiendo el titular delegar dicha facultad a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1644-2012- DE/SG de fecha 27 de diciembre del 2012, se delegó al Viceministro de Recursos para la Defensa facultades en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa, durante el periodo de regularización del Año Fiscal 2012 y para el Año Fiscal 2013; por lo que resulta necesario emitir el correspondiente acto resolutivo con el mismo fi n para el Año Fiscal 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1134 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar las siguientes acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa: - Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se puedan emitir durante el período de regularización del Año Fiscal 2013. - Remitir el Informe de Evaluación Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2013. - Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Año Fiscal 2014. - Remitir los Informes de Evaluación Semestral y Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2014. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1644-2012-DE/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032182-2 Designan Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1364-2013-DE/SG Lima, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011 -DE, establece que la Dirección General de Educación y Doctrina es el órgano encargado de formular, proponer, dirigir, implementar, supervisar y evaluar la política educativa del Sector en los niveles de formación y perfeccionamiento, con la fi nalidad de lograr una educación integral. Además, formula la doctrina de Defensa Nacional, orienta y supervisa las actividades académicas del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN, del Centro del Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos – CDIH-DH y de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” – ENAMM. Está a cargo de un Director General; Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa; Que, es necesario designar al funcionario que ejerza dicho cargo público de confi anza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al General de Brigada (R) Julio Antonio Salazar Encinas, en el cargo de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1032375-1 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1365-2013-DE/SG Lima, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 999 del 26 de diciembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Carta G.500-4832 del 13 de diciembre de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Colombia; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de diciembre de 2013 al 14 de marzo de 2014, para participar en la Campaña Científi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXII, a bordo del B.I.C. “HUMBOLDT”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta