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El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 512006 Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonifi cación, la lámina PZ.-01 y la Memoria justifi cativa de Anexión al área urbana y Asignación de zonifi cación debidamente aprobados por la Sub-Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonifi cación aprobada en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Chilca, incorpore el Plano de zonifi cación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Unidad de Racionalización y Estadística e Informática, la presente ordenanza sea publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por el término de 30 días y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 1032060-1 Aprueban el Planeamiento Integral de predios de propiedad de Indupark S.A.C. ORDENANZA Nº 035-2013-MPC Cañete, 13 de diciembre del 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 12 de diciembre de 2013 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la Constitución Política del Estado establece a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el predio materia de aprobación de Planeamiento Integral fue incorporado a la zona de expansión urbana del Distrito de Chilca y se le asignó la zonifi cación Industrial Liviana (I-2) y zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-3 y R-4) mediante ordenanza Municipal Nº 005-2013- MPC, de fecha 24 de febrero del 2013; Que, de conformidad con el numeral 23.1º DEL REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL APROBADO POR D.S.Nº 004-2011- VIVIENDA: “El Planeamiento Integral es un instrumento técnico normativo mediante el cual se complementan lo dispuesto por el PDM y/o el PDU, en los procesos de Habilitación Urbana y en la parcelación y/o independización de terrenos rústicos. Comprende la red de vías y los usos de la totalidad del predio, así como una propuesta de integración a la trama urbana más cercana, y según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones…”; Que, de conformidad con el numeral 23.2º de dicho Reglamento indica: “Los Planeamientos Integrales son aprobados por las Municipales Distritales, en los casos que establece el Reglamento Nacional de Edifi caciones RNE, como condición previa para la aprobación de los proyectos de habilitaciones urbanas establecidas en la Ley Nº 29090, Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y su reglamentos…”; Que, de conformidad con el Numeral 23.3º del Reglamento indica: “En las localidades que carezcan de Plan de Desarrollo Urbano, el planeamiento integral propondrá la zonifi cación y vías. Solo en estos casos deberá aprobarse mediante ordenanza municipal, por la Municipalidad Provincial respectiva, siguiendo el procedimiento establecido para la aprobación de los Planes de Desarrollo Urbano, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades…”; Que conformidad con el artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modifi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modifi caciones al Plan de Desarrollo Urbano cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano. Dicho Reglamento establece que la aprobación de los Planeamientos Integrales debe seguir el mismo procedimiento establecido para la aprobación de los Planes de Desarrollo Urbano; Que conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 005- 2013-MPC, de fecha 24 de febrero del 2013, los predios de INDUPARK S.A.C. fue incorporado a la zona urbana con la zonifi cación Liviana (I-2) y zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-3 y R-4); Que, mediante memorandum Nº 1339-2013-GODUR- MPC, de fecha 05 de diciembre del 2013, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete solicita el inicio de Aprobación del Planeamiento Integral para los predios de INDUPARK S.A.C.; Que, mediante Informe Legal Nº 438-2013-AJ-MPC, de fecha 09 de diciembre de 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la aprobación del Planeamiento Integral precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 0021-2013- CODUR-MPC, de fecha 10 de diciembre de 2013, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, quien opina que es procedente la Propuesta de Planeamiento Integral, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoritario y, con la dispensa del trámite de aprobación del trámite de aprobación del acta. SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral presentado por INDUPARK S.A.C., PREDIO 1 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21150051), con U.C. Nº 019933, que cuenta con un área de 36.2159 HAS.; PREDIO 2 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº21150052), con U.C. Nº 019935, que cuenta con un área de 66.5569 HAS.; PREDIO 3 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21177037) que cuenta con un área de 56.60 HAS.; PREDIO 4 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21177036), que cuenta con un área de 47.75 HAS. Artículo 2º.- Precisar que el Planeamiento Integral aprobado para los predios de propiedad de INDUPARK S.A.C., PREDIO 1 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21150051), con U.C. Nº 019933, que cuenta con un área de 36.2159 HAS.; PREDIO 2 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21150052), con U.C. Nº 019935, que cuenta con un área de 66.5569 HAS.; PREDIO 3 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21177037) que cuenta con un área de 56.60 HAS.; PREDIO 4 (INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA Nº 21177036), que cuenta con un área de 47.75 HAS.; ubicados en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, fueron incorporados a la zona de expansión urbana del Distrito de Chilca mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2013-MPC, publicado el 24 febrero del 2013, con la siguiente zonifi cación: INDUSTRIA LIVIANA (I-2) Y ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (R-3 Y R-4), cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: ZONIFICACIÓN : INDUSTRIA LIVIANA (I-2). NIVEL DE SERVICIO : NO MOLESTA NI PELIGROSA. LOTE MINIMO : 1,000.00 m2. (LOTE NORMATIVO). FRENTE MÍNIMO : 20.00 METROS LINEALES. ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HU.