Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2013 (09/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2013

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 13 al 15 de febrero de 2013, a fin que lleven a cabo un Pre Despliegue de Estudio de Sitio (PDSS). 1. Capitan Jonathon KINGSLY 2. MORDAZA Mayor MORDAZA HARSCH 3. Tecnico MORDAZA ELLINGER Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 886135-3 RESOLUCION MINISTERIAL N° 019-2012-DE/SG MORDAZA, 8 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) N°s. 996 y 010 del 21 de diciembre de 2012 y 7 de enero de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 18009/DIE/D-7/03.04.0302 del 3 de enero de 2013, el Director de Inteligencia del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 9 de enero al 30 de junio de 2013, a fin de realizar coordinaciones con la Direccion de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 9 de enero al 30 de junio de 2013, a fin que realice coordinaciones con la Direccion de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que

de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 886509-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2013-MIDIS MORDAZA, 8 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica, definiendolo como un organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 4 y 15 de los lineamientos mencionados en el considerando precedente, el Cuadro para Asignacion de Personal constituye el documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura organica vigente prevista en su Reglamento de Organizacion y Funciones, debiendo ser aprobado por resolucion suprema refrendada por el Titular del Sector; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 152-2012MIDIS, se aprobo el Manual Clasificador de Cargos del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el cual ha sido modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 1652012-MIDIS, N° 173-2012-MIDIS, y N° 242-2012-MIDIS; Que, en merito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en concordancia con su estructura organica vigente; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia de Consejo de Ministros, y; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP del MIDIS Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicacion La presente resolucion suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de

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