Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2013 (10/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de enero de 2013

Departamento de Arequipa. Y la ubicacion de domicilio de su circuito de manejo por el local ubicado en Av. Sepulveda s/n Helipuerto Cuartel Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa; asi como, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener una licencia de conducir de la clase A categoria I, en los locales, con la plana docente, flota vehicular y en el horario autorizado mediante la Resolucion Directoral N° 1110-2012-MTC/15, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, sin embargo no ha sido publicado a la fecha; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del Art. 53° del reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, el articulo 43º de El Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de conductores; senalandose en el numeral 43.3 las condiciones especificas en cuanto a la infraestructura, como es el contar con un local adecuado para el dictado de las clases teoricas en funcion al MORDAZA de curso a impartir y a la cantidad de postulantes que reciban la instruccion, una MORDAZA de recepcion e informacion independiente del area de ensenanza, un ambiente destinado al despacho del Director y personal administrativo, un taller para realizar la instruccion teorico practica de mecanica, un ambiente privado para realizar entrevistas, examenes medicos, psicosensometricos y otros afines que resulten necesarios, asi como un circuito de manejo y servicios higienicos conforme a lo dispuesto por la normativa correspondiente; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clase A categorias II y III, y clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en El Reglamento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certificados que estas emitan tendran validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluacion teorica sobre normas de transito; Que, de la solicitud de autorizacion para el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica y circuito de manejo, presentada por la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES RUTAS ANDINAS SAC, implica una variacion de uno de los contenidos del art. 53° del reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local y de su circuito de manejo, autorizado mediante Resolucion Directoral N° 1110-2012-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60° del Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 009-2012-MTC/15.03.rgy, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Escuela, concluye que con respecto a la infraestructura, cumple en su totalidad con las condiciones minimas, establecido en los literales

a), b), c), d), e), f) y g) del numeral 43.3 del articulo 43° concordado con el articulo 51° de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe N° 364-2012MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES RUTAS ANDINAS SAC, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 1110-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica) y su circuito de manejo, las misma que estaran conformadas, como a continuacion se detalla: Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA: - Urbanizacion MORDAZA MORDAZA Mz D Lote 13, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa. CIRCUITO DE MANEJO: - Av. Sepulveda s/n Helipuerto Cuartel Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa. Articulo Segundo.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES RUTAS ANDINAS SAC, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante la Resolucion Directoral N° 1110-2012-MTC/15. Articulo Tercero.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Cuarto.- Remitir a la Direccion de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asi como encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES RUTAS ANDINAS SAC, los gastos que origine su publicacion. Articulo Sexto.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 4054-2012-MTC/15, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 885386-1

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