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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 486011 Que, con el fi n de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el pliego 020: Defensoría del Pueblo para el ejercicio presupuestario 2013, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y asegurar la adecuada gestión institucional, es conveniente delegar las facultades señaladas en los considerandos precedentes a la Secretaria General; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7° y 40° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en la Secretaria General o la que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2013, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2013, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a la función del Defensor del Pueblo, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304- 2012-EF. Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor (e) del Pueblo 887160-1 Encargan la atención del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 002-2013/DP Lima, 9 de enero de 2013 VISTOS: Los memorandos Nº 001-2013-DP/GA y Nº 007- 2013-DP/PAD, mediante los cuales se solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho Defensorial, del 15 al 22 de enero de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley Nº 29882, y mediante Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante los documentos de vistos, se comunica que el Defensor del Pueblo (e) se ausentará de la institución, por motivos personales, del 15 al 22 de enero de 2013; por ello, se solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho Defensorial por el referido periodo; Que, en consecuencia, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional, resulta necesario encargar la atención del Despacho Defensorial a la abogada Claudia Rosanna Del Pozo Goicochea, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 15 al 22 de enero de 2013; conforme a lo establecido por el artículo 13º del precitado Reglamento de Organización y Funciones; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º y por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley Nº 29882; en concordancia con lo señalado en el literal d) del artículo 7º y en el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP, y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Claudia Rosanna DEL POZO GOICOCHEA, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 15 al 22 de enero de 2013. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www. defensoria.gob.pe), dentro de los cinco días siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 887162-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de Grado Académico de Bachiller en Ciencias otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1936 Lima, 18 de diciembre de 2012 Visto el expediente STDUNI: 2012-77423 presentado por don JOSE ANTONIO JIMENEZ SALDAÑA, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en ciencias con mención en Ingeniería Metalúrgica; CONSIDERANDO: Que, don JOSE ANTONIO JIMENEZ SALDAÑA, identifi cado con DNI Nº 06118655, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Metalúrgica, por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo