Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2013 (18/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de enero de 2013

y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 9, literal g) senala como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: "Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a la Ley." Asimismo, el articulo 53 de la misma ley establece como Funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial (...)". Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su articulo 8 establece: "8.1 La Politica Nacional del Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de caracter publico, que tiene como proposito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno nacional, regional y local; y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental". Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, la cual tiene por objeto: "(...) mejorar la calidad de MORDAZA de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del MORDAZA, mediante la prevencion, proteccion y recuperacion del ambiente y sus componentes, la conservacion y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona"; estructurandose dicha politica en 4 ejes tematicos, a) Eje de politica 1. Conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica; b) Eje de Politica 2. Gestion Integral de la calidad ambiental; c) Eje de Politica 3. Gobernanza Ambiental; d) Eje de Politica 4. Compromisos y oportunidades ambientales internacionales. En este sentido, como fundamento de la presente ordenanza se debe tener en cuenta el "Eje de Politica 1", cuyo objetivo 5. Establece "Alcanzar el ordenamiento del uso y ocupacion del territorio nacional, mediante la Zonificacion Ecologica Economica, en un MORDAZA de seguridad juridica y prevencion de conflictos"; los lineamientos de politica contenido en el punto 11, destaca la Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) como paso previo al ordenamiento territorial. Que, la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, en su articulo 11 establece: "La Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) del MORDAZA se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion intersectorial, como apoyo al ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos por superposicion de titulos y usos inapropiados, y demas fines (...)". Que, mediante Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, se aprueba el Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica, el cual en su articulo 1 establece: "La Zonificacion Ecologica y Economica-ZEE, es un MORDAZA dinamico y flexible para la identificacion de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluacion de sus potencialidades y limitaciones con criterios fisicos, biologicos, sociales, economicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento tecnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales"; siendo su finalidad segun el articulo 2: "Orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la poblacion que la habita y en MORDAZA con el ambiente". Ademas, el articulo 22 prescribe: "Los estudios de Zonificacion Ecologica y Economica-ZEE, seran aprobados por la autoridad competente en el nivel correspondiente, segun lo planteado en la etapa

inicial: nacional, regional y local (...) b) Regional, la ZEE es aprobada por Ordenanza del Gobierno Regional respectivo (...)". Que, mediante Decreto del Consejo Directivo N° 0102006-CONAM/CD, se aprueba la Directiva Metodologica para la ZEE, la cual tiene por objeto: "1.3 (...) Establecer la metodologia a seguir para la Zonificacion Ecologica y Economica-ZEE en ambitos de diferente alcance territorial. La aplicacion de la Metodologia para la ZEE, al incorporar criterios fisicos, quimicos, biologicos, sociales, economicos y culturales, permitira a las circunscripciones del ambito nacional, regional y local, contar con una herramienta flexible y accesible que servira de base al diseno y formulacion de politicas, planes, programas y proyectos orientados al desarrollo sostenible". Que, por Ordenanza Regional N° 016-2006-C.R./ GOB.REG.TACNA emitida por el Consejo Regional de Tacna se dispuso: "Articulo Primero.- Declarese de interes regional, la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial dentro de la Jurisdiccion del Departamento de Tacna. Articulo Segundo.- Conformese la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica Economica y, Ordenamiento Territorial (...)". Ademas, el Gobierno Regional de Tacna a traves del proyecto SNIP N° 61712 "Fortalecimiento de Capacidades en Planificacion y Ordenamiento Territorial para el Desarrollo Sostenible de la Region Tacna" ha ejecutado la ZEE para la Region Tacna como paso previo para el ordenamiento territorial, el mismo que se ha ejecutado dentro de los lineamientos que establece la ley. Que, con Oficio Nº 2275-2012-ORAJ-GGR/GOB. REG.TAC de fecha 03 de diciembre del 2012, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite la Propuesta Final de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) de la Region Tacna para su aprobacion mediante ordenanza regional por parte del Consejo Regional, cuyo resultado se halla contenido en 13 tomos con un total de 995 folios debidamente visados, debiendo ser dicha informacion de publico conocimiento y de acceso gratuito a traves de la pagina web que instituira con tal fin el area correspondiente del Gobierno Regional de Tacna. Ademas, el resultado del MORDAZA ZEE ha sido acompanado por la Comision Tecnica Regional ZEE, ha sido concertado y validado por los actores sociales de la region; asi como ha sido supervisado, coordinado y validado por el Ministerio del Ambiente en concordancia con los dispositivos legales vigentes. Que, con el Informe N° 095-2012-GRRNYGMA/ GOB.REG.TACNA de fecha 16 de Noviembre del 2012, emitido por la Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, con el Informe N° 0292012-DCR-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de Noviembre del 2012, emitido por el Especialista Legal de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y con el Informe N° 1462-2012-ORAJ/ GOB.REG.TACNA de fecha 30 de Noviembre del 2012, emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emitio el Dictamen Nº 006-2012-CR-CORNyGMA sobre: "APROBACION DE LA ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA (ZEE) DE LA REGION TACNA", siendo puesto a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 31 de diciembre del 2012. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR la Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) de la Region Tacna a nivel de Mezozonificacion a escala de 1:50,000, el

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