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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2013 486435 cual se encuentra contenido en 13 (Trece) tomos con un total de 995 (novecientos noventa y cinco) folios, que debidamente visados forman parte de la presente Ordenanza Regional. El resultado de la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE) consta de 09 nueve sub modelos de estudio: a) Valor productivo - Recursos Renovables; b) Valor productivo – Recursos No Renovables; c) Valor Bioecologico; d) Histórico Cultural; e) Peligros Múltiples; f) Confl ictos de Uso; g) Urbano Industrial; h) Potencial Socio – Económico; y, i) Vulnerabilidad Socioeconómica, los cuales determinan un total de 152 Unidades Ecológicas Económicas, distribuidas en cinco zonas que se indican a continuación: ID GRANDES ZONAS AREA KM2 % 1 ZONAS DE PROTECCION Y CONSERVACION ECOLOGICA 441,310.51 27.61% 2 ZONAS DE RECUPERACION 38,819.50 2.43% 3 ZONAS DE TRATAMIENTO ESPECIAL 157,772.78 9.87% 4 ZONAS DE VOCACION URBANA E INDUSTRIAL 35,928.97 2.25% 5 ZONAS PRODUCTIVAS 924,589.49 57.84% 1,598,421.25 100.00% Artículo Segundo.- DISPONER que la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región Tacna es un instrumento técnico y orientador para la planifi cación y gestión del uso sostenible del territorio y de sus recursos naturales, el cual servirá como sustento técnico para la formulación de los distintos planes de desarrollo, así como insumo para el ordenamiento territorial a nivel regional y local. Artículo Tercero.- DISPONER el uso obligatorio de la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE) como instrumento de consulta por las diversas instituciones públicas en el ámbito regional y local, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER la actualización de la Zonifi cación Ecológica y Económica como producto del monitoreo y evaluación de la misma, en los casos siguientes: a) Procesos Socioeconómicos que justifi quen cambio de uso del espacio; b) Avances científi cos y tecnológicos; c) Cambio de uso de suelo por efectos de fenómenos naturales; e, d) Identifi cación de nuevos recursos naturales, entre otros. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente a través del Sistema Regional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, la implementación de las acciones necesarias para la aplicación, monitoreo, evaluación y actualización de la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región de Tacna, con cuyo fi n la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial habilitará el presupuesto correspondiente. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente ordenanza regional sea reglamentada mediante Decreto Regional en un plazo no mayor de 120 (ciento veinte) días desde su entrada en vigencia, encargando su elaboración a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Tacna efectúe la difusión masiva de los anexos de la presente ordenanza regional a fi n de que se dé pleno cumplimiento a la misma. Artículo Octavo.- DISPONER la distribución de los anexos de la presente ordenanza regional de la siguiente forma: a) Un original para Presidencia Regional. b) Un original para el Consejo Regional. c) Un original para el Archivo Regional de Tacna. d) Un original para la Biblioteca Pública del Departamento de Tacna. e) Un original para la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente como unidad Ejecutora. f) Un original para la Comisión Técnica Regional. g) Cuatro originales distribuidos una para cada Municipalidad Provincial de la Región. h) Un original para el Ministerio del Ambiente. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Ofi cina de Informática la digitalización de la información y puesta a disposición del público en la página web del Gobierno Regional de Tacna www.regiontacna.gob.pe, para su difusión; así como la implementación de mecanismos de protección de la integridad de la información digital ofi cial. Artículo Décimo.- DISPONER que la presente ordenanza regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo Primero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente ordenanza regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de diciembre del año dos mil doce. BARTOLOME ROMAN CARRILLO AQUINO Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 08 de enero de 2013. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 889713-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal y el Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Regional Sectorial de la Producción de Ucayali ORDENANZA REGIONAL N° 001-2012-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de febrero del 2012, y;.