Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2013 (18/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto y Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, respectivamente y el Informe N° 0000712013/GAJ/RENIEC (11ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que con fecha 05 de junio de 2012, el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico y el RENIEC suscribieron el Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad", el mismo que tiene como objetivo incrementar la proporcion de ninos y ninas recien nacidos con DNI cuya obtencion se realice en un plazo de hasta los 30 dias de nacido, en los 120 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales senala que los 120 distritos priorizados por el Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad" se encuentran en lugares lejanos, en donde el RENIEC no tiene presencia, por ello resulta necesario la implementacion de 34 Oficinas Registrales Auxiliares - ORAS, ubicadas en centros hospitalarios con un mayor nivel de atencion en localidades ubicadas cerca o dentro de los distritos correspondientes a los 6 departamentos priorizados, situacion que permitira el cumplimiento del objetivo principal del Convenio; Que la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves de los documentos de vistos, senala que los recursos presupuestarios necesarios para la implementacion de las Oficinas Registrales Auxiliares, son factibles de ser financiadas con cargo a los recursos autorizados por el Ministerio de Economia y Finanzas por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias para las acciones del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad" suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el RENIEC; Que el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio N° 588-2012-EF/50.06 (28DIC2012), da cuenta del Informe de verificacion del cumplimiento del Convenio de Apoyo Presupuestario al "Programa de Acceso de la Poblacion a la Identidad", senalando que el RENIEC ha cumplido con la totalidad de los criterios establecidos para el Nivel 0 del Convenio; Que en ese contexto mediante los documentos de vistos, la Jefatura Regional 9 - MORDAZA solicita la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital Regional MORDAZA MORDAZA de la Vega; contando con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y tramites de DNI de menores en el referido nosocomio; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital Regional MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, en los terminos recomendados por los organos competentes;

Que se hace necesario difundir la presente Resolucion Jefatural, a traves de la correspondiente publicacion, para conocimiento de la ciudadania; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso g) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital Regional MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, el cual se encuentra ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA s/n, distrito Abancay, provincia Abancay, departamento MORDAZA a cargo de la Jefatura Regional 9 - MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 890437-2 RESOLUCION JEFATURAL N° 010-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 17 de enero de 2013 VISTOS: Los Informes N° 000067-2012/GOR/ JR9CUS/RENIEC y N° 000090-2012/GOR/JR9CUS/ RENIEC (09AGO2012 y 19NOV2012), emitidos por la Jefatura Regional 9 - MORDAZA, la Hoja de Elevacion N° 000174-2012/GOR/RENIEC (21NOV2012), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 002033-2012/GPP/RENIEC (04DIC2012), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, los Informes N° 002693-2012/GPP/SGP/RENIEC y N° 000219-2012/GPP/ SGPL/RENIEC (04DIC2012), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto y Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, respectivamente y el Informe N° 000032-2013/GAJ/RENIEC (07ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que el Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad" firmado entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico y el RENIEC en su capitulo III, literal (b) referido a los compromisos de gestion, senala que el distrito de Tambobamba es

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