Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486553

Condiciones para "Uso Incompatible" Las edificaciones de "Uso Incompatible" quedan sujetas a las siguientes disposiciones: a) No se autorizara ampliacion alguna en la obra en construccion, ni mayor inversion en las instalaciones. b) No se permitira el cambio o modificacion de uso, por otro que tambien esta considerado como "Uso Incompatible". c) Cuando el uso actual, sea completamente distinto al que le corresponde y causa molestias a los vecinos, se le otorgara un plazo prudencial, para el traslado a una MORDAZA donde se permita el uso que tiene aquella edificacion. d) Solo se autorizaran las reparaciones indispensables para la seguridad e higiene, para su funcionamiento y/o desarrollo de actividades hasta que se cumpla el plazo de reubicacion. Articulo 45.- Usos Especiales respecto a su ubicacion Las actividades o establecimientos especiales, que debido a su magnitud y especializacion puedan generar impactos sobre su entorno inmediato, requieren de una revision especial. Se han identificado con Codigos que se ubican bajo el Numeral que contemplan las actividades y establecimientos cuya ubicacion requiere una revision especial, ellos son: (1) Corresponde a las actividades cuya Ubicacion Conforme requiere un Estudio MORDAZA a realizarse por la Municipalidad de San MORDAZA en base a los requerimientos particulares de la actividad a instalar en relacion a su contexto inmediato. (2) Los Puestos de Venta de Combustible (Grifos) y Estaciones de Servicio encuentran ubicacion en todas las Zonificaciones Industriales o Comerciales; se exigira la distancia minima de 50.00 metros de cualquier construccion o proyecto aprobado por el municipio para centros educativos, centros asistenciales, hospitales, MORDAZA, teatros, mercados, cuarteles, comisarias, dependencias militares, centros comerciales y de espectaculos, dependencias publicas y otros locales de afluencia de publico. Las medidas seran tomadas al surtidor, conexion de entrada de los tanques y ventilaciones mas cercanas, segun lo dispuesto por el D.S. Nº 054-93-EM y sus Modificatorias: D.S. Nº 0202001-EM; D.S. Nº 017-2004-EM; D.S. Nº 027-2005EM. (3) Corresponde a las actividades cuya ubicacion conforme en Zonas Residenciales se refiere a las nuevas habilitaciones urbanas. En las areas consolidadas solo podran darse en predios mayores a 2,000 m2. Las actividades con adecuado control acustico (Cines, Teatros, Auditorios y MORDAZA de Convenciones) podran darse sobre los predios existentes sobre Vias Colectoras y/o Avenidas de las Zonas R6, con areas menores a 2,000 m2. (4) Corresponde a su ubicacion conforme a las Zonas Industriales de I2 a I4, a una distancia no menor de 500 metros de Templos, Conventos, Centros Educativos y Centro Comerciales. Es posible su ubicacion en areas especialmente determinadas en estudios realizados por la Municipalidad de San MORDAZA, preferentemente en lugares perifericos de las areas urbanas a fin de no afectar a terceros. (5) Corresponde a actividades que generan gran afluencia de publico por lo que requeriran un estudio de accesos, el cual debe materializarse en un Planeamiento MORDAZA Integral del Sector involucrado. No se admitiran Concesiones Mineras dentro del Centro Poblado Las Tunas. 891249-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Sayan
ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2012-MDS Sayan, 27 de Diciembre de 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYAN VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Sayan; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 en los Articulos 17º y 142º establece que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica, siendo de su competencia exclusiva aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal. Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056 en el Articulo 40° dispone que, para el desarrollo del MORDAZA de programacion participativa del presupuesto. Los Consejos de Coordinacion Local se constituyen, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro del MORDAZA de sus propias leyes y las normas que para regular este MORDAZA se expidan. Que, el consejo de Coordinacion Local es un organo de Coordinacion encargado de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado, la elaboracion de Proyectos de Inversion y de Servicios Publicos locales, entre otras que le encargue o solicite Concejo Municipal Distrital, quedando MORDAZA que referido concejo no ejerce funciones ni actos de gobierno. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 105º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, es necesario aprobar un Reglamento via Ordenanza Municipal, que norme el funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Sayan, asi como tambien los procedimientos mediante los cuales se llevaran a cabo las coordinaciones respectivas con la Municipalidad Distrital. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Articulo 9º inciso 43) y Articulo 105º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAYAN Articulo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAYAN, el cual consta de Veintidos (22) Articulos y (02) Disposiciones Complementarias y que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Informatica y Sistemas, la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina Web de la institucion Municipal (www.munisayan.gob. pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 890815-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.