Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
28 DE FEBRERO 28 DE FEBRERO 31 DE MORDAZA 31 DE AGOSTO 5TA. CUOTA ARBITRIOS MUNICIPALES 3RA. CUOTA 4TA. CUOTA 1RA. CUOTA 2DA. CUOTA

486539
28 DE FEBRERO 30 DE ABRL 30 DE JUNIO 31 DE AGOSTO 31 DE OCTUBRE 30 DICIEMBRE

PAGO AL CONTADO 1RA. CUOTA IMPUESTO PREDIAL 2DA. CUOTA 3RA. CUOTA 4TA. CUOTA

30 DE NOVIEMBRE 6TA. CUOTA

Articulo 12.- PRONTO PAGO Los contribuyentes cuyo predio se encuentren destinados a MORDAZA habitacion, con autoevaluo que no supere las 180 UIT y que cancelen al contado el total de sus Tributos como el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 28 de febrero o puntualmente, podran gozar del siguiente beneficio: · Si MORDAZA todas sus cuotas gozaran de un descuento del 10% de los arbitrios municipales del ano 2013. Articulo 13°.- DERECHOS DE EMISION Fijese en S/ 3.60 (Tres y 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo del impuesto predial del ano 2013, incluida su distribucion a domicilio, en ningun caso excedera el 0.4% de la UIT vigente. Asimismo, fijese en S/ 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo del ano 2013, incluida su distribucion a domicilio por predio. Articulo 14°.- IMPUESTO MINIMO Fijese en S/ 22.20 (Veintidos y 20/100 Nuevos Soles) como Impuesto Minimo del Impuesto Predial 2013 en aplicacion al Articulo 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, que resulta de aplicar el 0.6% de la UIT vigente al 1° de Enero del ano al que corresponde el impuesto. Articulo 15°.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de Diciembre del 2013, disponiendose ademas su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de El Agustino. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- LOS PAGOS efectuados por los contribuyentes MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza por los conceptos que se mencionan en esta MORDAZA legal, tienen caracter de cancelatorios, por tanto no podran ser reclamados, devueltos, ni objeto de compensacion. Segunda.- ENCARGAR al Gerente de Rentas, Gerente de Ejecutoria Coactiva, Gerente de Administracion y Finanzas y Unidad de Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demas dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercera.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para determinar y aprobar la prorroga de su vigencia.

Cuarta.- DEROGUESE todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 891115-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general en conmemoracion del aniversario de creacion politica del distrito de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2013 La MORDAZA, 17 de enero de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 13981 de fecha 06 de Febrero de 1962, se creo el Distrito de La MORDAZA en la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA ha organizado un homenaje con motivo de celebrar el 51º Aniversario de su Creacion Politica, programando realzar en esta importante fecha, diversos actos civico ­ culturales; Que, asimismo conviene reafirmar los sentimientos de union y fraternidad de la Comunidad como medio para lograr su prosperidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Articulos 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de La MORDAZA, del 01 al 28 de febrero del 2013, con motivo de conmemorarse el 51º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de La Molina. Articulo Segundo.- Las Instituciones publicas y privadas, asi como los domicilios particulares de la jurisdiccion, daran cumplimiento al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion la difusion del presente dispositivo municipal; y, a la Gerencia

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