Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un beneficio de pago de caracter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2013, dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes de cancelacion hasta el ejercicio fiscal 2013 inclusive, ya sea que se encuentre en la via ordinaria, coactiva o fraccionada. El beneficio alcanza las obligaciones correspondientes a los anos 2006 al 2013 por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Solidos) y Parques y Jardines. Articulo 2º.- Los contribuyentes gozaran de los siguientes beneficios: El recalculo del monto por concepto de los Arbitrios correspondientes a los anos 2006 y 2007, de forma tal que para el ano 2006, este sea solo hasta un 20% mayor al monto insoluto por arbitrios correspondientes al ano 2005, y para el ano 2007 sea solo hasta un 20% mayor al monto recalculado por dichos arbitrios del ano 2006, estos porcentajes se entenderan como maximos. Asimismo, para los anos 2008 al 2013, los Arbitrios no podran ser mayores al monto insoluto que por dicho concepto se obtenga del recalculo efectuado para el ano 2007; la diferencia existente por los recalculos efectuados, tanto del monto insoluto como de los intereses, sera automaticamente condonada con el pago de los Arbitrios; El presente beneficio no es aplicable a aquellos contribuyentes que hayan realizado cambio de uso, parcial o total del (los) inmueble (s) de su propiedad y/ o modificacion del area techada durante el ano 2007 al 2013. Este beneficio no MORDAZA derecho a devolucion para aquellos contribuyentes que hayan cancelado los Arbitrios por dichos anos MORDAZA de la emision de la presente Ordenanza; La administracion tributaria emitira los montos recalculados a los contribuyentes que resulten beneficiados por la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto deAlcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencias que la conforman, asi como la Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicacion y a la Secretaria de Imagen Institucional su divulgacion y difusion de sus alcances. Tercera.- El pago de las tasas de Arbitrios, implica el reconocimiento expreso de la obligacion por lo que el deudor no podra presentar reclamo alguno respecto a ellas. Cuarta.- Dejese sin efecto las normativas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 890927-1

Visto el Informe N° 001-2013-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 14/01/2013 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 001-2013-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2013 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el Matrimonio Civil Masivo en el Modulo Siglo XXI, para el sabado 16 de Febrero, a las 11.00 horas; Que, el Articulo 252° del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248 del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42° que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4° de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248° y 252° del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Matrimonio Civil Masivo del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia sabado 16 de febrero del ano 2013, a las 11.00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Masivo, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Masivo. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS:

Aprueban ceremonia del Matrimonio Civil Masivo que se llevara a cabo el 16 de febrero de 2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01 San MORDAZA de Lurigancho, 14 de enero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Primer Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan:

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