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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2013 (20/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2013 486546 Es la zona que contiene el uso identifi cado con la Vivienda Multifamiliar; con tres o más unidades de habitación dentro de un solo lote, solucionado en más de 3 pisos. Implica alta concentración poblacional, con una densidad neta máxima de 2250 Hab/Ha. Se ha unifi cado en una sola zonifi cación: Residencial Densidad Alta (R6) b) ZONA COMERCIAL COMERCIO LOCAL O VECINAL No constituye una zona sino un USO de las edifi caciones. Comercio Local (C-1) Actividad comercial destinada a ofrecer bienes de consumo diario, que atiende a nivel de servicio al Grupo Residencial (hasta 2,000 habitantes). No se encuentran identifi cados en el Plano de Zonifi cación, pero deben ser consignados en los Planos de Lotización. Para Habilitaciones Urbanas Nuevas se considera preferentemente sobre avenidas o vías principales, en proporción según el tipo de Habilitación Urbana, requiere diseño especial de su sección vial. Comercio Vecinal (C-2) Actividad comercial destinada a ofrecer bienes de consumo diario, principalmente alimentos y artículos o servicios de primera necesidad, que atiende a las Asociaciones de Vivienda/ Asentamientos Humanos, Urbanizaciones (hasta 7,500 habitantes). Para ambos tipos de comercio se considera este tipo de comercio a aquellas actividades que se desarrollan en zonas residenciales, siendo compatibles con ella y en intensidad tal que no constituya cambio de uso. CENTRO COMERCIAL PRINCIPAL DE SECTOR: Comercio Sectorial (CS = C-3) Actividad comercial destinada a ofrecer bienes de consumo, bienes intermedios y servicios de mediana magnitud y diversidad de artículos, que atiende a los Sectores (hasta 30,000 habitantes). Se ubica preferentemente en Avenidas o en el cruce de ellas, tendiendo a crecer en forma lineal. Requiere diseño vial correspondiente. Corredor Comercial / Corredor Distrital (CC = CD = C-5) Es el tipo de comercio destinado a ofertar bienes y servicios predominantemente de consumo diario; es característica su proximidad a un mercado o supermercado, al que se yuxtaponen por ejemplo: bodegas, agencias bancarias, de correos, posta médica, tendiendo a crecer por sectores, según la confi guración especifi ca. Requiere diseño vial correspondiente. Zona donde se concentran actividades comerciales preferentemente sin la venta de productos perecibles y donde se permite la vivienda. CENTRO COMERCIAL CENTRAL Son zonas centrales o núcleos comerciales de la provincia, donde se concentran las principales actividades de este tipo. Comercio Central y Metropolitano (CCM=C9) Contiene una variedad y diversidad de oferta de bienes y servicios, incluyendo los fi nancieros, coexistiendo con Equipamientos Mayores o Intermedios de diverso tipo, sedes de gobierno o áreas centrales de distrito. Su área de infl uencia es Metropolitana o Distrital. En este último caso constituyen la base para los Centros Urbanos Alternativos de Servicios Integrales (CUASI). CENTRO COMERCIAL MAYOR Es la zona donde se concentra el comercio e instalaciones de nivel mayorista. Cuenta con las siguientes sub categorías: Comercio Intensivo (CI) Es toda aquella actividad comercial cuya intensidad de volumen de ventas es netamente mayorista y que además, por su carácter o por su volumen, provoca el funcionamiento de otros locales comerciales, de intensidad de volumen de ventas a escala minorista. Su confi guración típica es puntual con tendencia a crecer hacia las vías que lo rodean. Esta actividad comercial excluye la vivienda. Comercio Especializado (CE) Es aquel que concentra actividad comercial y de servicios y/o industrial que no pueda considerarse molesta vinculada a ciertos rubros: automotriz, calzado, construcción, entre otras; su confi guración se da a lo largo de avenidas, arenque también adopta confi guraciones puntuales extendidas. Comercio Industrial (CIn) Es toda actividad comercial directamente vinculada con la industria o que requiere servicio permanente o frecuente de vehículos pesados de transporte de carga y provoque ruidos o vibraciones. Es una actividad de venta de equipo industrial y no de reparación. c) ZONA INDUSTRIAL Industria Elemental y Complementaria (I -1) Es la zona destinada para establecimientos de industria de bienes no esenciales para las necesidades de la población y de insumos a la industria de mayor escala y en cuyo proceso no se produzcan ruidos o vibraciones molestas o se provoquen situaciones peligrosas. Industria Liviana (I -2) Zona destinada para establecimientos industriales de apoyo, productoras de bienes esenciales para la población y de bienes insumos para las actividades productivas. Tienen las siguientes características: - Orientación al área de mercado local y a la infraestructura vial urbana. - Posee contacto con el área central. - Venta al por mayor. - Dimensión económica media. - No son molestos, ni peligrosos. Gran Industria (I -3) Zona destinada para establecimientos de industrias productoras, a gran escala, de bienes de capital y otros insumos para la industria de apoyo. Corresponde a este nivel industrial la fabricación de productos de Caucho e Industrias Manufactureras, entre las que se indican en el Índice de Usos. Tienen las siguientes características: - Conforman concentraciones industriales, con utilización de gran volumen de materia prima. - Orientación hacia la infraestructura vial regional. - Las áreas periféricas satisfacen mejor sus necesidades. - Las economías externas, su complementariedad y relaciones inter-industriales favorecen su concentración. - Son molestas y/o con cierto grado de peligrosidad. Industria Pesada Básica (I -4) Zona destinada para establecimientos industriales que producen insumos para las industrias de apoyo y otras industrias.