Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2013 (23/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de enero de 2013 486698 Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en el “Road Show inPERU – USA 2013”, evento que se llevará a cabo del 28 al 31 de enero de 2013, en las ciudades de Nueva York, Chicago y San Francisco, Estados Unidos de América; y, La invitación cursada por Stanford Center for International Development (SCID) al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar, en calidad de expositor, en Lunch Series Lectures, evento que se llevará a cabo el 30 de enero de 2013, en la ciudad de Stanford, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, inPERU es una asociación sin fi nes de lucro conformada por los principales gremios y entidades representativas de la actividad económica del país, el cual organiza el “Road Show inPERU – USA 2013”, evento de nivel internacional y cuyo principal objetivo es promover y fomentar las inversiones hacia el Perú en los principales mercados fi nancieros internacionales, así como el desarrollo de oportunidades en nuestro país; Que, el Superintendente, Dr. Daniel Schydlowsky Rosenberg, ha sido invitado como panelista en la sesión “Perú: an enabling framework for international investors”, cuya participación contribuirá a las iniciativas que faciliten y promuevan las inversiones en el país. Adicionalmente, se llevarán a cabo reuniones de trabajo los días 24 y 25 de enero de 2013 en la ciudad de Nueva York con consultores y representantes de Columbia University, de Naciones Unidas y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, así como de organizaciones no gubernamentales; Que, asimismo, la participación del señor Superintendente, en calidad de expositor, brindará a los estudiantes de Stanford Center for International Development información sobre oportunidades de inversión en nuestro país mediante su exposición “The Peruvian Puma is Alive and Well: Deepening Economic Growth, Broadening Legitimacy”; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los indicados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Daniel Schydlowsky Rosenberg, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a las ciudades de Nueva York, San Francisco y Stanford, del 24 de enero al 04 de febrero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 842.02 Viáticos US$ 1 980.00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 892573-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección del Archivo Regional Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 317 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su Competencia”. Que, la Ley Nº. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General regula la actuación de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común; asimismo en su artículo 37º de la mencionada Ley, señala: “Todas las entidades elaboran, aprueban o gestionan la aprobación, según sea el caso, de su Texto Único de Procedimientos administrativos – TUPA. Que, el artículo 38.1 de la Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe: “El Texto Único de Procedimiento Administrativo es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades Regionales (. ..)”. Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar a través de Ordenanzas Regionales, la organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece: Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Presidente Regional (e) del Gobierno Regional Amazonas, ha presentado al Consejo Regional de Amazonas, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA para su aprobación, el mismo que siendo evaluado se ha determinado que se sustenta en la necesidad de actualizar los procedimientos Administrativos acorde a las normas vigentes que regulan su fi nalidad, es por ello que en virtud a lo establecido en el D.S. Nº 007-2011-PCM, con la Metodología de Simplifi cación Administrativa, que establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos. Del mismo modo, en cumplimiento al D.S. Nº 064-2010-PCM-SGP, se aplicó la nueva metodología de determinación de los costos de los procedimientos administrativos y servicios