Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2013 (23/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2013

b. La promocion de las condiciones sanitarias favorables para el desarrollo sostenido de la agroexportacion, a fin de facilitar el acceso a los mercados de los productos agrarios nacionales. c. La regulacion de la produccion, comercializacion, uso y disposicion final de insumos agrarios, a fin de fomentar la competitividad de la agricultura nacional. d. Promover la aplicacion del Manejo Integrado para el aseguramiento de la produccion agropecuaria nacional, segun estandares de competitividad y segun lo dispuesto en las Politicas de Estado. Que, con el Decreto Legislativo Nº 1062 se aprueba la "Ley de inocuidad de los Alimentos", cuyo proposito es proteger la MORDAZA y salud de las personas. Que la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales,, en su Articulo 9º; inciso g, senala, entre otros, que estos deben promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura,..., agroindustria,..., salud y medio ambiente, y en el Articulo 10º; inciso 1, literal h), que debe facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria,... y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades. En el Titulo IV, Capitulo II, Articulo 5º, inciso K), se encuentra la funcion de promover y prestar servicios de asistencia tecnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las politicas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria, y en el inciso O), promover politicas para generar una cultura de seguridad alimentaria. Que, por los considerados arriba mencionados es conveniente promover y adoptar conciencia civica respecto a lo que significa sanidad agraria, por lo que se considera necesario establecer una vez al ano el "Dia de la Sanidad Agraria", con la finalidad de que los productores de la Region MORDAZA asuman su compromiso; en ese MORDAZA comprenderia considerar el 15 de Noviembre de cada ano el "Dia de la Sanidad Agraria". Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente ordenanza regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- DECLARESE el 15 de noviembre de cada ano, como el "Dia Regional de la Sanidad Agraria". Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de MORDAZA realice anualmente un Programa Celebratorio del "Dia Regional de la Sanidad Agraria", involucrando a productores, comercializadores y poblacion en general. Articulo Tercero.- DISPONGASE la publicacion de la presente ordenanza regional en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales de la region MORDAZA, y difundase a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053; y, demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el inciso a) del articulo 15° establece como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de las Entidades de la Administracion Publica, que en su articulo 2º de la Finalidad, es generar la aprobacion de un ROF que contenga una adecuada estructura organica de la Entidad y definicion de sus funciones y las de los Organos que la integran, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de las Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las Entidades Publicas y sus Unidades Organicas, asignadas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 10 de septiembre de 2006, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional MORDAZA, cuyo texto quedo conformado por diez (10) Titulos, doce (12) Capitulos, ciento dieciseis (116) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias y tres (03) Disposiciones Transitorias; Que, mediante Ordenanza Regional N° 214-2011/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 12 de septiembre de 2011, se aprobo la modificatoria del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional MORDAZA y de la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA, creandose la Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural ­ PRO RURAL como un Organo de Linea dependiente de la Gerencia General Regional; Que, mediante Oficio N° 926-2012/GRP-GRSFLPR/ GRPR de fecha 04 de junio de 2012, la Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural, hizo llegar a la Oficina Regional de Asesoria Juridica, la propuesta para modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, en la parte correspondiente a la mencionada Gerencia Regional. Con Informe Nº 1414-2012/ GRP-460000 de fecha 06 de septiembre de 2012, la Oficina Regional de Asesoria Juridica considera necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural, en la parte pertinente articulo 90º - B; Que, mediante Informe Nº 061-2012/GRP-410300, de fecha 21 de septiembre de 2012, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concuerda se modifique el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 111-2006/GRP-CR y modificado con Ordenanza Regional N° 214-2011/GRP-CR; y, con Informe Nº 1947-2012/GRP-460000, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emite opinion legal y concluye que es procedente la aprobacion del proyecto de modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Gobierno Regional MORDAZA, por lo que compete al Consejo Regional emitir la Ordenanza Regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 24-2012, de fecha 28 de

891534-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 256-2012/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680; Ley de Bases de la

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