Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2013 (23/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486691

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo de Concejo Nº 190MPAA-SG, que declaro improcedente solicitud de vacancia de MORDAZA del Concejo Provincial de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1092-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-1151 ALTO AMAZONAS - MORDAZA MORDAZA, cinco de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 5 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edwer MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Isrrael MORDAZA Montilla contra el Acuerdo de Concejo Nº 190-MPAA-SG, que declaro improcedente la solicitud de vacancia que formularon contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus en el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, inciso 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con los expedientes acompanados Nº J-2011-0760 y Nº J-2012-029, asi como oidos los informes orales. ANTECEDENTES De la solicitud de vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edwer MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Isrrael MORDAZA Montilla, regidores del Concejo Provincial de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, solicitaron la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus en el cargo de MORDAZA de dicho concejo, por haber faltado injustificadamente a tres sesiones ordinarias consecutivas, celebradas los dias 23 de setiembre, 7 y 24 de octubre de 2011. Posicion del Concejo Provincial de Alto Amazonas Con Resolucion Nº 618-A-2012-JNE, de fecha 21 de junio de 2012, este Supremo Tribunal Electoral declaro nulo el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 14 de diciembre de 2011, por la cual el Concejo Provincial de Alto Amazonas denego la solicitud de vacancia formulada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus, y dispuso que el citado concejo provincial emita un MORDAZA pronunciamiento teniendo en consideracion la documentacion presentada por la referida autoridad, con la cual pretende sustentar su inasistencia a las tres sesiones de concejo MORDAZA mencionadas. En cumplimiento de lo resuelto, en la sesion extraordinaria celebrada el 25 de MORDAZA de 2012, el Concejo Provincial de Alto Amazonas declaro improcedente la solicitud de vacancia por siete votos en contra y dos a favor, y plasmo su decision en el Acuerdo de Concejo Nº 190-MPAA-SG. Recurso de apelacion Con fecha 16 de agosto de 2011, los solicitantes de la vacancia interpusieron recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 190-MPAA-SG, alegando que los documentos presentados por el MORDAZA no justificaron sus inasistencias a las sesiones ordinarias del 23 de setiembre y del 7 de octubre de 2011, y en vista de que manifesto "no recordar" el motivo por el cual no asistio a la sesion del 24 de octubre de 2011, su inasistencia a esta MORDAZA se tiene por injustificada. CUESTION EN DISCUSION En el presente caso corresponde dilucidar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus, MORDAZA del Concejo Provincial de Alto Amazonas, incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 7, de la LOM y, por ende, si justifico o no sus inasistencias a las sesiones de concejo

celebradas el 23 de setiembre, asi como el 7 y 24 de octubre de 2011. CONSIDERANDOS Respecto de la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 7, de la LOM 1. El articulo 22, numeral 7, de la LOM, senala que el cargo de MORDAZA o regidor se declara vacante por el concejo municipal en el caso de "[...] inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses [...]". Esta causal busca proteger que las autoridades municipales cumplan con sus funciones de manera responsable y honesta. Asi pues, es preciso que dichas autoridades asistan de manera obligatoria a las sesiones de concejo, porque es precisamente en este espacio de deliberacion en el que se toman las decisiones mas relevantes para la ciudadania a la que representan. Sobre las justificaciones del MORDAZA por sus inasistencias a las tres sesiones ordinarias de concejo 2. En relacion a la sesion ordinaria del 23 de setiembre de 2011, a fojas 254 del expediente acompanado Nº J2012-029, corre la Resolucion de Alcaldia Nº 728-2011MPAA-A, por la cual el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus encargo sus funciones al primer regidor, desde el 19 de setiembre de 2011 hasta su retorno, por razones propias de su funcion. El encargo de las funciones esta sustentado en la invitacion remitida a los alcaldes provinciales de la region MORDAZA por el congresista MORDAZA MORDAZA del Alcazar, citandolos a una reunion en la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros, en la MORDAZA de MORDAZA, el mismo 19 de setiembre de 2011, para tratar temas referidos al desarrollo de dicha region. La invitacion MORDAZA mencionada y la encargatura de funciones efectuada por el MORDAZA, justifican su inasistencia a la sesion ordinaria de concejo del 23 de setiembre de 2011. Por otro lado, con la carta remitida por la aerolinea MORDAZA Peru, se acredita que, en efecto, dicha autoridad viajo a la MORDAZA de MORDAZA el 18 de setiembre de aquel ano y retorno el 23 del mismo mes, documentos que obran en el mismo acompanado. Los medios de prueba mencionados permiten concluir que el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas justifico su inasistencia a la sesion ordinaria de concejo municipal, de fecha 23 de setiembre de 2011. 3. En relacion a la sesion ordinaria de concejo municipal del 7 de octubre de 2011, a fojas 261 del expediente acompanado Nº J-2012-029, corre la Resolucion de Alcaldia Nº 771-2011-MPAA-A, por la cual el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus encargo sus funciones al primer regidor desde el 7 de octubre de 2011 hasta su retorno, por razones propias de su funcion. El encargo de las funciones esta sustentado en la invitacion remitida a los alcaldes provinciales de la region MORDAZA por el congresista MORDAZA MORDAZA del Alcazar, para una reunion a realizarse en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, el 10 de octubre de 2011. Ello se corrobora con el memorandum de la autoridad cuestionada, solicitando el otorgamiento de viaticos. Ahora bien, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus manifiesta que no asistio a la sesion de concejo del 7 de octubre de 2011 ­que se inicio a las 3:15 p.m., tal como consta en el acta respectiva­, debido a un deterioro en su salud, por lo cual, el mismo dia, a horas 8:30 a.m., presento una solicitud dirigida a los miembros del Concejo Provincial de Alto Amazonas, justificando su inasistencia sobre la base de un certificado medico, lo que se corrobora con su historia clinica. De ello se colige que, finalmente, la autoridad cuestionada no asistio a la convocatoria efectuada por el congresista MORDAZA del Alcazar, debido a una indisposicion de su estado fisico, por lo que casi siete horas MORDAZA de que se inicie la sesion de concejo presento su justificacion y certificado medico. Los medios de prueba mencionados permiten concluir que el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas justifico su inasistencia a la sesion ordinaria de concejo municipal, de fecha 7 de octubre de 2011.

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