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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486740 Aprueban Anexo CME 13 de la Resolución Directoral N° 008-2012- EF/63.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2013-EF/63.01 Lima, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 28802, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, los literales f. y m. del numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007-EF, señalan que la Dirección General de Política de Inversiones establece los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los Proyectos de Inversión Pública, así como las metodologías generales y específi cas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación; Que, mediante Resolución Directoral N° 008-2012- EF/63.01 se aprobaron contenidos mínimos específi cos de estudios de preinversión de Programas de Inversión Pública y Proyectos de Inversión Pública, siendo necesario incorporar el contenido mínimo específi co aplicable a los proyectos de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Ofi cios Nos. 2254-2012-MIMDEF/DM y 008-2013–MIMDEF/VRD/D/02 el Ministerio de Defensa remitió para su revisión una propuesta de contenidos mínimos específi cos de estudios de preinversión a nivel de Perfi l para Proyectos de Inversión Pública de las Fuerzas Armadas. Dichos contenidos mínimos específi cos han sido revisados y coordinados con la Dirección General de Políticas de Inversiones, determinándose su aplicación; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293 y sus modifi caciones; normas reglamentarias y complementarias; la Resolución Ministerial N° 223-2011- EF/43 y la Resolución Directoral N° 451-2012-EF/43.01; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del Anexo CME 13 – Contenidos mínimos específi cos de estudios de preinversión a nivel de Perfi l de Proyectos de Inversión Pública de las Fuerzas Armadas Apruébese el Anexo CME 13 - Contenidos mínimos específi cos de estudios de preinversión a nivel de Perfi l de Proyectos de Inversión Pública de las Fuerzas Armadas, de la Resolución Directoral N° 008-2012-EF/63.01. Artículo 2°.- Modifíquense los numeral 1.1 y 1.3 del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 008-2012- EF/63.01 Modifíquese los numerales 1.1 y 1.3 del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 008-2012-EF/63.01 con el siguiente texto: “Artículo 1°.- Aprobación de contenidos mínimos específi cos (…) - Contenidos mínimos específi cos de estudios de preinversión a nivel de Perfi l de Proyectos de Inversión Pública de las Fuerzas Armadas (Anexo CME 13). (…) 1.3 La declaración de viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública de electrifi cación rural, de rehabilitación de carreteras, de Establecimientos de Salud Estratégicos del Ministerio de Salud y de las Fuerzas Armadas, cuyo monto de inversión a precios de mercado supere los UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 200 000,00), podrá ser otorgada con estudios de preinversión a nivel de Perfi l, elaborados de acuerdo con los contenidos mínimos específi cos señalados en el los Anexos CME 07, 08, 12 y 13 de la presente norma, respectivamente. Los Establecimientos de Salud Estratégicos del Ministerio de Salud, a que se refi ere el párrafo anterior, deberán encontrarse identifi cados en la Resolución Ministerial N° 632-2012/MINSA y modifi catorias, a fi n de que proceda la aplicación del Anexo CME 12. (…)” Artículo 3°.- Modifíquense el numeral 1.6 del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 008-2012-EF/63.01 Modifíquese el numeral 1.6 del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 008-2012-EF/63.01 con el siguiente texto: “1.6 La declaración de viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública para la mejora de la capacidad productiva en el marco de los lineamientos para la focalización de intervenciones para el desarrollo productivo y la diversifi cación de ingresos de la población en proceso de inclusión, que se enmarquen en lo dispuesto por la Directiva N° 006-2012-MIDIS, siempre que el monto de inversión supere los UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 200 000,00), podrá ser otorgada con estudios de preinversión a nivel de Perfi l, elaborados de acuerdo con los contenidos mínimos específi cos señalados en el Anexo CME 11 de la presente norma”. Artículo 4°.- Publicación El contenido mínimo específi co aprobado por la presente Resolución Directoral, será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELOY DURAN CERVANTES Director General (e) Dirección General de Política de Inversiones Anexo CME 13 CONTENIDOS MINIMOS ESPECIFICOS DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE LAS FUERZAS ARMADAS El presente contenido mínimo será aplicable a Proyectos de Inversión Pública de las Fuerzas Armadas. Las intervenciones estarán orientadas a mejorar los servicios relacionados con la defensa y seguridad nacional a través de la mejora de las capacidades militares1 navales, terrestres y aéreas. En el marco del SNIP se considerará como Unidad Productora de Servicios al conjunto de recursos gestionados para la provisión de un servicio específi co relacionado con la defensa y seguridad nacional. La elaboración del perfi l se basará en información primaria y secundaria2. Estará a cargo de un equipo profesional ad-hoc, especialista en la formulación de PIP de defensa. 1. RESUMEN EJECUTIVO En este resumen, se deberá presentar una síntesis del estudio de perfi l que contemple los siguientes temas: A. Información General: Nombre del PIP, ubicación, UF, UE 1 Conjunto de aptitudes, habilidades y recursos (personal, equipamiento, medios de apoyo logístico, infraestructura y económicos) que la Fuerza Armada debe poseer para ejecutar una acción o conjunto de acciones sobre la base de su estructura operativa, doctrina y procedimientos operativos con la fi nalidad de lograr el cumplimiento de la misión asignada. 2 Indispensable precisar la fuente, señalando el documento, autor y la fecha.