Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros ACTIVIDAD

NORMAS LEGALES
1 : Recursos Ordinarios 2 733 011,00 2 125 201,00

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion Encargada del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

5001775 : Gestion y aprovechamiento de la politica comercial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO 27 560 985,00

3000151 : Informacion de planes, estudios y perfiles, sistematizada para exportadores ACTIVIDAD 5003436 : Desarrollo de planes y estudios para las entidades del sistema de comercio exterior y en la cadena exportadora FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO 4 062 571,00

3000257 : Agentes participan en pasantias e intercambio de experiencias y misiones de cooperacion tecnica y tecnologicas ACTIVIDAD 5001541 : Asistencia a misiones tecnologicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO 8 303 574,00

893190-3

3000156 : Instrumentos de promocion comercial para el acercamiento entre potenciales exportadores o exportadores con clientes potenciales extranjeros ACTIVIDAD 5003439 : Desarrollo de instrumentos de promocion comercial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001951 : Diseno y planeamiento de la politica en materia de turismo 1 : Recursos Ordinarios 39 692 399,00 307 601,00 --------------------101 215 500,00 ============ 16 430 158,00

Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 013-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprobo la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, la cual posibilita mejorar los ingresos del personal militar y policial mediante un MORDAZA de implementacion que se ejecutara en un plazo de cinco (05) anos; Que, los ingresos del personal militar y policial de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru juegan un rol esencial en su motivacion y desempeno laboral, por lo que un sistema de ingresos debe no solo ofertar ingresos adecuados, sino ser sencillo, transparente y que promueva la competencia; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, y; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1132; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru Apruebese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, que consta de veintitres (23) articulos, cinco (05) Disposiciones

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado comprendido en la presente MORDAZA legal, aprueba mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

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