Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 Las Oficinas de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas

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Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para la continuidad de las acciones de implementacion y fortalecimiento de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior
DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 200-2012-EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para el financiamiento de las oficinas comerciales del Peru en el exterior, por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 231 669,00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 244-2012-EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, por la suma de CIENTO SESENTA MILLONES CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 160 043 324,00), de los cuales CIEN MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 700 000,00) correspondieron al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, destinados a reforzar y complementar los trabajos de implementacion y fortalecimiento de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior; Que, mediante Ley Nº 29951, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, con la finalidad de garantizar la continuidad de actividades durante el Ano Fiscal 2013, autoriza entre otros al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a incorporar en su presupuesto institucional del Ano Fiscal 2013 en la Fuente

de Financiamiento Recursos Ordinarios, los recursos no ejecutados en el Ano Fiscal 2012, por la indicada Fuente de Financiamiento, para la implementacion y fortalecimiento de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior, la misma que se realiza hasta el 28 de febrero de 2013, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico. La citada disposicion es aplicable siempre que dicho financiamiento no MORDAZA sido considerado en el presupuesto institucional del 2013 por parte del respectivo pliego, para el mismo programa presupuestal o actividad, segun corresponda y la misma meta presupuestaria; Que, las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior tienen por objetivo la promocion de la oferta exportable, turistica y artesanal peruana, asi como la apertura y consolidacion de mercados, especialmente de productos no tradicionales y de servicios, proveer informacion para el sector exportador, turistico y artesanal y servir de enlace con potenciales consumidores extranjeros. Asimismo, cumplen tareas orientadas al conocimiento de los mercados externos, para captar en ellos las oportunidades que existan, colaborando en la organizacion de la oferta exportable, turistica y artesanal, asi como identificar MORDAZA de inversion y de tecnologia adecuadas al desarrollo nacional en materia de comercio exterior, turismo y artesania; Que, mediante Informe Nº 06-2013-MINCETUR/SG/ OGPPD, la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa que los recursos no ejecutados del presupuesto institucional del Ano Fiscal 2012, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a financiar la implementacion y fortalecimiento de las citadas Oficinas Comerciales ascienden a CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 101 215 500,00), monto que no ha sido considerado en el presupuesto del Ano Fiscal 2013 por el referido Pliego, en merito de lo cual, mediante Oficio N° 77-2013-MINCETUR/SG, el referido Ministerio solicita la incorporacion de dichos recursos en su presupuesto institucional; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor del Pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el MORDAZA de lo establecido por la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, hasta por la suma de CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 101 215 500,00); De conformidad con lo establecido por la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 101 215 500,00), para la implementacion y el fortalecimiento de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles) 1 : Recursos Ordinarios --------------------TOTAL INGRESOS 101 215 500,00 ============ (En Nuevos Soles) GOBIERNO CENTRAL

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO

035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Direccion General de Administracion - MINCETUR PROGRAMA PRESUPUESTAL 0065 : Aprovechamiento de las oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Peru PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestion del programa

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