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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de enero de 2013 487149 norma, gozarán de la exoneración del 50% (cincuenta por ciento) de los arbitrios municipales sobre el monto que les correspondería cancelar en el ejercicio 2013. Artículo 5. INCENTIVO TRIBUTARIO POR CANCELACIÓN TOTAL “PRONTO PAGO” Los contribuyentes que hasta el 31 de enero de 2013 opten por la cancelación total de los arbitrios municipales del ejercicio 2013, tendrán un descuento del 8% sobre el monto de la deuda insoluta de dicho ejercicio. Artículo 6. DE LOS GASTOS DE EMISIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2013 Establézcase que para el ejercicio 2013 no se cobrarán gastos de emisión por los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Cercado del Callao. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y TRANSITORIAS Primera. De los Subsidios por exoneraciones y benefi cios tributarios de precariedad económica y pensionistas En el caso de las exoneraciones y benefi cios tributarios establecidos en el artículo 2, 3 y 4 de la presente Ordenanza, la Municipalidad Provincial del Callao subsidiará el restante 50% (cincuenta por ciento) del monto de los arbitrios municipales de dichos benefi cios, con cargo a la Fuente de Financiamiento 08 Otros Impuestos Municipales. Segunda. Facultades Reglamentarias Facúltase al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga del vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales que esta Ordenanza dispone. Tercera. Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2013, siendo dicho plazo prorrogable. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 894857-1 Establecen el Programa de Incentivo Tributario “Cumple Más y Paga Menos 2013” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2013 Callao, 23 de enero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVO TRIBUTARIO “CUMPLE MÁS Y PAGA MENOS 2013” Artículo 1. OBJETIVOS 1. Incentivar la regularización de las obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, correspondientes a años anteriores que se encuentren pendientes de pago a la fecha y/o que sean detectadas durante el procedimiento de fi scalización. 2. Promover y estimular el cumplimiento oportuno y voluntario de las obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales generadas para el ejercicio 2013. Artículo 2. CONTRIBUYENTES PUNTUALES “CHALACO VIP” Para efectos de la presente Ordenanza, son considerados contribuyentes puntuales “Chalaco VIP”, todas aquellas personas que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013 y que no mantengan deuda pendientes de pago por dichos conceptos de ejercicios anteriores. Artículo 3. BENEFICIO DE DEUDA SOBRE AÑOS ANTERIORES Los contribuyentes que no mantengan deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2013 obtendrán los siguientes benefi cios: 1. ARBITRIOS 1.1. Al cancelar la totalidad de su deuda de años anteriores: 1.1.1. Se descontará el 100% (cien por ciento) de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas de corresponder. 1.1.2. Adicionalmente, de tratarse de personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, el 15% (quince por ciento) de descuento sobre el monto insoluto. 1.2. Al cancelar parcialmente su deuda de años anteriores: 1.2.1. Se descontará el 100% (cien por ciento) de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas. 2. IMPUESTO PREDIAL 2.1. Al cancelar total o parcialmente su deuda de años anteriores: 2.1.1. Se descontará el 100% (cien por ciento) de los intereses moratorios, factores de reajuste, gastos administrativos y costas coactivas. 3. IMPUESTO VEHICULAR Y ALCABALA 3.1. Al cancelar total o parcialmente (año completo) su deuda de años anteriores: Se descontará el 100% (cien por ciento) de los intereses moratorios. Artículo 4. BENEFICIO POR PAGO TOTAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2013 Los contribuyentes puntuales que a la fecha del vencimiento del primer Trimestre del Impuesto Predial 2013, realicen la cancelación total del monto anual de los arbitrios municipales del presente ejercicio, tendrán un descuento del 7% (siete por ciento) sobre el monto total determinado. Los contribuyentes que mantengan deuda de ejercicios anteriores, que a la fecha del vencimiento del primer Trimestre del Impuesto Predial 2013, realicen la cancelación total del monto anual de los arbitrios municipales del presente ejercicio, tendrán un descuento del 4% (cuatro por ciento) sobre el monto total determinado. Artículo 5. BENEFICIO POR PAGO OPORTUNO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2013 Los contribuyentes puntuales que paguen, hasta la fecha de cada vencimiento, sus arbitrios municipales