Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligacion de las entidades publicas de publicar las convocatorias para la contratacion del personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Que, el articulo 1° de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 170-2011-SERVIR/PE, dispone que el inicio de la vigencia de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE sera el 28 de febrero de 2012; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario que se encargara de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Independencia al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el articulo 20° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Sub Gerente de Personal, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Independencia al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Sub Gerencia de Personal, el fiel cumplimiento de la presente Resolucion y a la Secretaria General su notificacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 895073-1

Articulo 2. EXONERACIONES Se encuentran exoneradas al pago de Arbitrios Municipales las instituciones siguientes: a) La Municipalidad Provincial del Callao, sus empresas municipales y las municipalidades distritales de la Provincia Constitucional del Callao, por los predios de su propiedad o los predios que ocupe bajo cualquier titulo. b) El Cuerpo Nacional de Bomberos Voluntarios del Peru. c) Las entidades religiosas debidamente reconocidas por las autoridades competentes, siempre que sus predios se encuentren dedicados a templos, conventos, monasterios, museos, asilos, albergues, guarderias, comedores o centros de salud. d) Las instituciones beneficas por los predios que prestan servicios gratuitos de asistencia social, tales como albergues, guarderias, comedores y centros de salud. Para efectos de la presente Ordenanza, tienen calidad de instituciones beneficas: los clubes de madres, comedores populares, centros comunales, clubes de vaso de leche y sociedades de MORDAZA mutuo debidamente reconocidas por la Municipalidad Provincial del Callao. e) Los centros educativos de propiedad del Estado, con excepcion de las universidades e institutos superiores. En los senalados en los literales b), c) y e) la exoneracion mantendra su vigencia, siempre y cuando, el uso del predio se encuentre destinado a los fines propios de la institucion y no genere rentas. Se encontraran exonerados al pago de los Arbitrios de Limpieza Publica (solo para el caso de recoleccion de residuos solidos) y Arbitrios de Parques y Jardines, los predios consignados como uso terrenos sin construir. Asi tambien, gozaran de exoneracion para los arbitrios de Serenazgo los predios de propiedad de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru por todos sus predios sin distinciones de uso. Articulo 3. BENEFICIO TRIBUTARIO POR PRECARIEDAD ECONOMICA Los contribuyentes que se encuentren atravesando una grave situacion economica que no les permita asumir el pago de las obligaciones tributarias generadas por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (recoleccion de residuos solidos y barridos de calles), Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2013, gozaran del beneficio del descuento del cincuenta por ciento (50%) del monto insoluto a pagar, para lo cual debera ser titular de un (1) solo predio con uso casa-habitacion cuya area de terreno no supere los ciento veinte metros cuadrados (120 m2) y se encuentre consignado como Asentamiento Humano en la jurisdiccion del Cercado del Callao. En dicho caso, debera presentar un escrito dirigido al MORDAZA solicitando la exoneracion al pago de arbitrios municipales por encontrarse en "estado de precariedad economica", cursado ante la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas a fin que emita Resolucion Gerencial resolviendo la solicitud presentada, con el respectivo Informe de la Gerencia de Administracion Tributaria, previa conformidad mediante Informe de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, realizado a traves del Servicio de Asistencia Social, si el solicitante demuestra precariedad economica. En caso que las gerencias mencionadas consideren procedente el beneficio solicitado y emitan los documentos respectivos, se concedera tal beneficio desde el mes de presentada la solicitud hasta el final del ejercicio 2013, caso contrario, se cobraran los arbitrios municipales con los intereses moratorios correspondientes. Articulo 4. BENEFICIO TRIBUTARIO PARA PENSIONISTAS Los contribuyentes que tengan la calidad de pensionistas y que para el ejercicio 2013 se encuentren registrados en la base de datos de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas con el beneficio de deduccion del Impuesto Predial previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, en virtud de haber cumplido con los requisitos establecidos en dicha

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Otorgan exoneraciones, incentivos y beneficios tributarios al pago de Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2013 Callao, 23 de enero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA EXONERACIONES, INCENTIVOS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EJERCICIO 2013 Articulo 1. AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza resulta aplicable a los contribuyentes que se encuentren ubicados en la jurisdiccion del Cercado del Callao.

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