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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487366 de vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambiente o incumplen las condiciones técnicas reglamentarias; Que, mediante Resolución Directoral N° 1573-2002- MTC/15, se aprobó la Directiva N° 002-2002-MTC/15 “Emisión de Certifi cados de Conformidad: Autorización, Procedimiento y Requisitos Técnicos”, que establece el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas con la fi nalidad de ser autorizados para la emisión de los certifi cados de Conformidad de Modifi cación, Montaje y Fabricación, en adelante la Directiva; Que, mediante el Parte Diario N° 129355 la empresa CERTIFICADOS PERÚ S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización para la emisión de los Certifi cados de Conformidad de Modifi cación, Montaje y Fabricación, en el local ubicado en Mz N Lt 15 Parque Industrial El Asesor, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante el ofi cio N° 8452-2012-MTC/15.03, notifi cado el 30 de noviembre de 2012, se requiere a La Empresa la subsanación de las observaciones encontradas a su solicitud requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante Expediente N° 2012-0022214, cumple con presentar la documentación requerida; Que el Artículo 2° de la Ley 29060 - Ley del Silencio Administrativo, establece que Los procedimientos administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se considerarán automáticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o máximo, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que el administrado pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor público que lo requiera; Que, mediante Resolución Directoral N° 5117- 2012-MTC/15 se otorgó autorización a la empresa CERTIFICADOS PERÚ S.A.C., para funcionar como Entidad Certifi cadora de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje, mediante la normatividad de las Resoluciones Directorales N° 7150-2006-MTC/15, N° 4284-2008-MTC/15, siendo lo correcto Directiva N° 002- 2002-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 1573-2002-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que ésta no ha sido publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, estando a lo opinado en el Informe N° 069- 2013-MTC/15.03.A.A., de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, procede a emitir el acto administrativo correspondiente; y que de conformidad con la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de transportes y Comunicaciones; La Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modifi catorias y la Resolución Directoral N° 1573-2002-MTC-15, que aprobó la Directiva N° 002-2002-MTC/15, “Emisión de Certifi cados de Conformidad: Autorización, Procedimiento y Requisitos Técnicos” y la Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General y Ley 29370-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CERTIFICADOS PERÚ S.A.C. como Entidad Certifi cadora de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje, el mismo que ha sido aprobada por Silencio Administrativo positivo, y a fi n que la autorización surta sus efectos legales deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de autorización a favor de la empresa CERTIFICADOS PERÚ S.A.C., como Entidad Certifi cadora de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje a fi n de realizar las inspecciones técnicas de los vehículos y emitir los Certifi cados de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2002-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 1573-2002-MTC/15, el Reglamento Nacional de Vehículos, normas modifi catorias, complementarias y conexas. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Siendo de Cargo de la empresa CERTIFICADOS PERÚ S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 5117-2012-MTC/15, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 895826-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe p LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL