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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487378 3.- De la Sala Penal Especial, cuyo juicio oral celebrado conforme al artículo 454.4 del Código Procesal Penal y cuya sentencia ha sido declarara nula en concordancia con los artículos 426 y 454.4 del CPP. Por lo expuesto, y con la facultad que confi eren los incisos 3 y 9 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que en los casos de impedimento por nulidad de sentencia o juicio oral del Juzgado Colegiado, los llamados por ley para reemplazar a los jueces impedidos en la conformación del mencionado órgano, serán los Jueces del Primer, Segundo y Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio, en orden correlativo, creándoles el usuario y asignándoles la clave correspondiente en el Sistema Integrado Judicial (SIJ). En caso de impedimento de los Jueces Penales Liquidadores Transitorios, los llamados por ley serán los Jueces Titulares Penales menos antiguos del Distrito Judicial de Lima, en orden de menor a mayor antigüedad. Artículo Segundo.- DISPONER que en los casos de impedimento por nulidad de auto o sentencia de lo resuelto en segunda instancia por la Sala Penal de Apelaciones, los llamados por ley para reemplazar al mencionado órgano, serán las Salas Penales Liquidadoras, empezando por la Primera y continuando en forma correlativa. Artículo Tercero.- DISPONER que en los casos de impedimento por nulidad de sentencia o juicio oral de la Sala Penal Especial, los llamados por ley para reemplazar de manera aleatoria al mencionado órgano, serán la Primera y Tercera Salas Penales Liquidadoras, constituyéndose en Salas Penales Permanentes. Artículo Cuarto.- MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 059-2011-P-CSJLI- PJ, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “DISPONER que la Sala Penal Especial se conforme con carácter permanente, con el primer y segundo magistrado de la Sala Penal de Apelaciones y se complete con el magistrado menos antiguo de la Segunda Sala Penal Liquidadora. En caso de inhibición, recusación, licencia y vacaciones de alguno de los integrantes de la Sala Penal Especial, debe llamarse al segundo Magistrado menos antiguo de la Segunda Sala Penal Liquidadora”. Artículo Quinto.- DEJESE SIN EFECTO el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 006-2012-P- CSJLI-PJ. Artículo Sexto.- PONGASE la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo Distrital, Ofi cina de Control de la Magistratura, Equipo Técnico de Implementación del CPP, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima (Ministerio Público), Ofi cina de ODECMA, Gerencia de Administración Distrital y Coordinación de Personal. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 897287-1 Establecen disposiciones para casos de licencia, impedimento, recusación, inhibición, discordia o ausencia de uno o más Jueces Superiores de las Salas Mixtas “A” y “B” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 136-2013-PCSJL-PJ Lima, 1 de febrero de 2013 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Administrativas Nº 061, 100 y 106-2013-P-CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto por Resolución Administrativa Nº 232-2012-CE- PJ, estableció los órganos jurisdiccionales de emergencia que atenderán durante las vacaciones dispuestas para el mes de febrero del presente año, designando entre éstos, una Sala Mixta “A” y una Sala Mixta “B”. Que, en la tramitación y resolución de procesos de las Salas Superiores, se pueden presentar circunstancias que generen impedimento, recusación, inhibición, discordia o ausencia de uno o más Jueces Superiores; por lo que resulta necesario dictar las medidas correspondientes en caso de presentarse dichas situaciones en las Salas mencionadas durante el periodo vacacional; con el fi n de cautelar el debido proceso en una pronta y efi ciente administración de justicia. Por lo expuesto, y con la facultad que confi eren los incisos 3) y 9) del artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que durante el periodo vacacional comprendido del 01 de febrero al 02 de marzo del año en curso, en caso de presentarse licencia, impedimento, recusación, inhibición, discordia o ausencia de uno o más Jueces Superiores de la Sala Mixta “A”, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de la Sala Mixta “B” y en forma viceversa. Artículo Segundo.- PÓNGASE en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y Ofi cina de Personal. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 897288-1 Designan miembros de las Comisiones de Capacitación de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 137-2013-P-CSJL-PJ Lima, 31 de enero del 2013 VISTA: El acta de Sala Plena de fecha 25 de enero del año en curso, la Resolución Administrativa N° 209-2012-P- CSJLI/PJ, de fecha 02 de abril del 2012, el Ofi cio N° s/ n de fecha 30 de enero del presente año,cursado por la Secretaria del Decanato de Jueces de Lima, Abigail Pereda Rondoño, que adjunta el Acta de Junta de Jueces Especializados y Mixtos de fecha 28 de enero del presente año y el Ofi cio N° s/n de fecha 30 de enero del presente año,cursado por la Secretaria del Decanato de Jueces de Lima, Abigail Pereda Rondoño, que adjunta el Acta de Junta de Jueces de Paz Letrado de fecha 28 de enero del presente año, la Directiva N° 008-2008- CE/PJ, la Directiva N° 002-2011-CE/PJ (modifi cada por Resolución Administrativa N° 004-2012-CED-PJ de fecha 10 de enero del 2012); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 209-2012- P-CSJLI/PJ de fecha 02 de abril del 2012, se designaron a los miembros integrantes de las diferentes Comisiones de Capacitación de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año Judicial 2012.