Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2013 (02/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487369

VISTO: El Memorandum Nº 048-2013-SERNANP-OA, de fecha 21 de enero del 2013, de la Oficina de Administracion, el Informe Nº 16-2013-SERNANP-OA-UOFT, de fecha 17 de enero del 2013, de la Unidad Operativa Funcional de Tesoreria, y el Informe Nº 26-2013-SERNANP-OPP, de fecha 28 de enero del 2013, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, se aprobo el Presupuesto para el Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2013; Que, por Resolucion Presidencial Nº 235-2012SERNANP, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050 Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para el Ano Fiscal 2013; Que, en el MORDAZA del articulo 17º de la Ley 26834 Ley de Areas Naturales Protegidas, por el cual el Estado reconoce y promueve la participacion privada en la Gestion de su administracion, la empresa Minera Xstrata MORDAZA, dentro de sus estandares de Desarrollo Sostenible, suscribe un convenio de cooperacion Interinstitucional, para apoyar el Proyecto "Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de MORDAZA y Aguada MORDAZA y su MORDAZA de amortiguamiento". Que, los compromisos asumidos por parte de la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A., estan vinculados a una contribucion economica que permita llevar adelante el Proyecto "Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de MORDAZA y Aguada MORDAZA y su MORDAZA de amortiguamiento". Que, mediante Carta GGALPDOS - 173/12, la Empresa Minera Xstrata MORDAZA, comunica al SERNANP, una transferencia de S/. 259,300.00 (Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos y 00/ 100 Nuevos Soles); en el MORDAZA del Proyecto "Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de MORDAZA y Aguada MORDAZA y su MORDAZA de amortiguamiento" Que, Mediante Memorandum Nº 048 -2013-SERNANPOA, la Oficina de Administracion del SERNANP, comunica el saldo en la cuenta corriente Nº 877816, por lo que solicita su incorporacion al Presupuesto Institucional del SERNANP Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a traves del Informe Nº 26-2013-SERNANP-OPP, establece que es procedente aceptar la donacion proveniente de la Fundacion Cooperacion Internacional; Que, de conformidad a lo senalado en el Articulo 69º de la Ley 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece lo siguiente: "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos." En uso de las facultades conferidas en el Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto Aceptar la donacion dineraria efectuada por la Empresa Minera Xstrata MORDAZA, hasta por un monto de S/. 259,300.00 (Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos y 00/ 100 Nuevos Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion- SERNANP, Pliego 050: Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para la ejecucion del Proyecto "Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de MORDAZA y Aguada MORDAZA y su MORDAZA de amortiguamiento". Articulo 2º.- Codificacion La presente Resolucion, debera ser la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A., Economia y Finanzas, Congreso de la Contraloria General de la Republica, en notificada a Ministerio de Republica, y un plazo no

mayor de cinco (05) dias habiles posteriores de emitida y publicada en el Diario Oficial el Peruano, asi como en el MORDAZA institucional del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas del Estado - SERNANP (www. sernanp.gob.pe). Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 896494-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva N° 007-2012CE-PJ "Normas para la emision de decretos de mero tramite en organos jurisdiccionales con competencia en procesos regulados por el Codigo de Procedimientos Penales"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 270-2012-CE-PJ MORDAZA, 26 de diciembre de 2012 VISTOS: El Oficio N° 1687-2012-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y el Oficio N° 2111-2012-GG-PJ, remitido por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 009-2012-SP-CS-PJ, de fecha 15 de marzo del ano en curso, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica dispuso que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorice mediante Directiva que los auxiliares jurisdiccionales suscriban sin intervencion del juez, los decretos de mero tramite emitidos en los expedientes que se vienen tramitando con el Codigo de Procedimientos Penales. Segundo. Que, al respecto, y si bien es MORDAZA que el Codigo de Procedimientos Penales, aun vigente en diversos Distritos Judiciales del MORDAZA, como MORDAZA, no contiene ninguna disposicion respecto a la suscripcion de resoluciones judiciales, y en particular de decretos de mero tramite. Tambien lo es que se trata de un texto que al desarrollar normas de caracter procesal, tal como lo hace el Codigo Procesal Civil, aunque como es evidente, cada uno dentro de la esfera de su especialidad; resulta absolutamente valido que ante la existencia de un vacio como el descrito puedan aplicarse de manera subsidiaria normas previstas en el sistema procesal civil que resulten compatibles con la naturaleza y caracteristicas de los actos procesales regulados en el mencionado codigo adjetivo y que permitan cubrir dicho vacio. Asi lo establece, el Codigo Procesal Civil en su Primera Disposicion Complementaria y Final que "(...) Las disposiciones de este Codigo se aplican supletoriamente a los demas ordenamientos procesales, siempre que MORDAZA compatibles con su naturaleza (...)". Tercero. Que, en ese orden de ideas, es importante considerar tambien la necesidad de aplicar los principios de celeridad procesal e impulso de oficio, en aras de mejorar el servicio de imparticion de justicia en materia de aplicacion del Codigo de Procedimientos Penales. En esa direccion, mediante el MORDAZA de celeridad procesal se establece como tarea principal del juez conseguir una pronta administracion de justicia, para lo cual es menester agotar la busqueda de mecanismos idoneos orientados a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.