Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (02/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487402 completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que la fi ja será publicada obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto mensual de la remuneración del alcalde es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuéstales del caso; la misma que anualmente podrá ser incrementada con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuéstales y económicas propias de su remuneración; Que, el Artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los acuerdos de concejo sobre remuneración del alcalde y dietas de los regidores deben ser publicados: 1. En el Diario Ofi cial El Peruano en el caso de las municipalidades distritales y provinciales del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. 2. En el diario encargado de las publicaciones judiciales de cada jurisdicción en el caso de las municipalidades distritales y provinciales de las ciudades que cuenten con tales publicaciones, o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad. 3. En los carteles municipales impresos fi jados en lugares visibles y en locales municipales, de los que dará fe la autoridad judicial respectiva, en los demás casos. 4. En los portales electrónicos, en los lugares en que existan. Las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia. No surten efecto las normas de gobierno municipal que no hayan cumplido con el requisito de la publicación o difusión; Que, en sesión extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de agosto de 2012, se debatió y aprobó por unanimidad la agenda única sobre el pedido de los Regidores sobre la adecuación y el cumplimiento del D. S. 025-2007-PCM, referente al ingreso máximo mensual del alcalde y dietas de los regidores; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 01- 2012-MPY/CLE, el consultor legal externo Robinson Aguirre Casimiro, emite opinión técnica legal favorable, recomendando lo siguiente: PRIMERO.- Que el Pleno del Concejo Municipal de conformidad a sus atribuciones, mediante Acuerdo de Concejo APRUEBE la Adecuación de los Ingresos que por todo concepto perciben los Alcaldes Provinciales de conformidad a lo dispuesto por la Ley 28212 y el Decreto Supremo 025-2007-PCM. SEGUNDO.- DEJESE sin efecto el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 011-2007-MPY/A, de fecha 13 de Abril del año 2007, que Aprueba la Remuneración del Alcalde y la Dieta de los Regidores. TERCERO.- FIJAR la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yarowilca en la suma de: S/. 5.200.00 (Cinco Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles). CUARTO.- FIJAR la Dieta de los Regidores de la Municipalidad Provincial de Yarowilca en un equivalente al 30% de la remuneración del Alcalde fi jado en el artículo precedente, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo Municipal; haciendo un total por cuatro sesiones efectivas la suma de: S/. 1.560.00 (Mil Quinientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). QUINTO.- DISPONGASE que el presente Acuerdo de Concejo Municipal entre en vigencia a partir del 1ro de Enero del año 2013. SEXTO.- ORDENAR a la Ofi cina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Ofi cial el Peruano y el Diario Ofi cial de Mayor Circulación de la Región, bajo responsabilidad. SEPTIMO.- DISPONER el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y a los demás órganos estructurados de la Municipalidad, para los fi nes de ley. OCTAVO.- ELEVESE el presente Acuerdo de Concejo Municipal, al Ministerio de Economía y Finanzas; Presidencia del Concejo de Ministros y entes fi scalizadores del Estado para los fi nes de ley. Estando a lo expuesto en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con la opinión favorable de parte del Consultor Legal Externo y con el acuerdo por UNANIMIDAD los miembros del Concejo Municipal de Yarowilca: SE ACORDARON: Artículo Primero.- RATIFICAR el acuerdo de Acuerdo de Concejo Nº 023-2012-MPY, Chavinillo, de fecha 27 de Agosto de 2012, que dispuso APROBAR la adecuación y cumplimiento del D. S. 025-2007-PCM sobre el ingreso máximo mensual por todo concepto del Alcalde y las dietas de los regidores, de la Municipalidad Provincial de Yarowilca. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adoptar las acciones conducentes a la aprobación de la Dirección General de Presupuesto Público y el cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Tercero.- Notifi car y publicar el presente acuerdo con las formalidades de Ley. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cúmplase. FAUSTINO ALEJANDRO CAYETANO Alcalde 896755-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL