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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (02/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487399 la opinión de la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Memorándum Nº 103-2013-GAT/MDLP y el Memorándum Nº 104-2013-GAT/MDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum Nº 032-2013-GPYP-MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 034-2013-GAJ/MDLP y la Gerencia Municipal mediante el Informe Nº 013-2013-GM-MDLP; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Artículo 9º numeral 9º, Artículos 38º, 39º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura y aprobación del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer en el Distrito de La Perla, un benefi cio temporal para los contribuyentes del Distrito para que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias pendientes de pago, por concepto de impuesto predial y arbitrios municipales. Artículo Segundo.- El Benefi cio temporal otorgado comprende la condonación del interés moratorio, cualquiera sea el estado en que se encuentre la cobranza. Excepcionalmente en el caso de fraccionamientos que se encuentran pendientes de pago, se condonará el interés moratorio generado por cuotas vencidas de fraccionamiento. Artículo Tercero.- Condonar el interés moratorio en los fraccionamientos que se efectúen durante la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Condonar el 35% de la deuda por concepto de arbitrios municipales del año 2011 y 2012, que se encuentren en condición de pendientes, no incluyen los fraccionamientos por Arbitrios Municipales, los mismos que se encuentran considerados en el segundo párrafo del artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Los pensionistas que vienen gozando del Beneficio de Deducción de 50 UITs en la Base Imponible para determinación del Impuesto Predial, que hayan declarado un anexo con uso de casa habitación y que por el mismo predio también tengan declarado otro anexo con uso de comercio o servicio, por el cual se procederá a condonarse el arbitrio de menor monto, cobrando el monto mayor para el año 2011 y 2012 estarán sujetos a la aplicación del beneficio establecido en el artículo cuarto de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Los pensionistas que vienen gozando del Benefi cio de Deducción de 50 UITs en la Base Imponible para determinación del Impuesto Predial, que hayan declarado un solo anexo, y que, éste tenga uso de casa-habitación tendrán un descuento del 70% sobre la deuda que tuvieran por concepto de arbitrios 2011 y 2012. Artículo Sétimo.- Las personas discapacitadas que no sean pensionistas, y que sean titulares de un inmueble dedicado exclusivamente a CASA HABITACIÓN pagarán sus Arbitrios Municipales correspondientes a los años 2011 y 2012 con un 50% de descuento. Artículo Octavo.- para poder acogerse a los benefi cios establecidos en los Artículo cuarto y/o quinto y/o sexto y/o sétimo de la presente Ordenanza, las deudas por concepto de arbitrios municipales deberán ser canceladas en su totalidad, de acuerdo al ejercicio que corresponda. Artículo Noveno.- Las multas administrativas pendientes de pago podrán ser canceladas con un descuento del 50%. Artículo Décimo.- Las multas tributarias pendientes de pago se condonarán en un 100% siempre y cuando el contribuyente haya subsanado o cumpla con subsanar la infracción motivo de la sanción hasta el 28.02.2013. En el presente benefi cio se encuentran incluidos los administrados pasibles de ser multados por subsanación extemporánea. Artículo Décimo Primero.- Autorizar al Sr. Alcalde para que por Decreto de Alcaldía reglamente y amplíe, los Benefi cios Otorgados en la presente Ordenanza. Artículo Décimo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el diario ofi cial El Peruano y tendrá vigencia hasta el 28 de Febrero del 2013. Artículo Décimo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 896699-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANCHEZ CARRION Amplían la vigencia de la Ordenanza Nº 033-MPSC que aprueba el Esquema Director de la ciudad de Huamachuco 2005-2010 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 220-MPSC Huamachuco, 28 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANCHEZ CARRIÓN VISTOS: El Ofi cio Nº 001-2013-MPSC/CEPPLAN, referente a la Ampliación de Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 033-MPSC, que aprueba el Esquema Director para la ciudad de Huamachuco 2005-2010, y sobre la vigencia de la modifi cación de la Delimitación del Área Urbana y Área de Expansión Urbana de Huamachuco aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 193-MPSC; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Sánchez Carrión en Sesión Extraordinaria Nº 02-13 de fecha 24ENE2013; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política de Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal constituye el órgano normativo y fi scalizador del Municipio, el cual tiene entre sus funciones el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, funciones y materias de competencia del Gobierno Local; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 033-MPSC de fecha 17MAR2005, se aprueba el Esquema Director de la ciudad de Huamachuco 2005-2010; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 048-MPSC, de fecha 19OCT2005, se aprueba la complementación del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 033-MPSC; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 157-MPSC de fecha 27MAY2010 se AMPLIA la vigencia de la Ordenanza Nº 033-MPSC, hasta el 31ENE2011; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 162-MPSC de fecha 10SET2010 se ADICIONA a la Ordenanza Municipal Nº 033-MPSC un uso en el punto IX 2.1. Usos Especiales del apartado IX 2. Clasifi cación, del Capítulo IX agregándose: Establecimientos o Infraestructura de Servicios Básicos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 186-MPSC de fecha 31ENE2011, se AMPLIA la vigencia de la Ordenanza Nº 033-MPSC que aprueba el Esquema Director de la ciudad de Huamachuco 2005-2010, hasta el 31DIC2011;