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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2013 488363 mediante la presente Resolución, surte efecto a partir del día siguiente de la publicación de la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Final de dicho dispositivo. Artículo 4º.- Disponer la debida difusión de las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 903065-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan representante alterna y ratifican representante titular del OEFA ante la Comisión Multisectorial conformada mediante R.S. Nº 200- 2012-PCM RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 019-2013-OEFA/PCD Lima, 20 de febrero de 2013 VISTO: El Memorando N° 388-2013-OEFA/DS del 14 de febrero de 2013 emitido por la Dirección de Supervisión del OEFA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1° de la Resolución Suprema N° 200-2012-PCM publicada en el diario ofi cial El Peruano el 29 de junio del 2012 se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de analizar, diseñar y proponer medidas que permitan mejorar las condiciones sociales y ambientales de las poblaciones de las cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón del departamento de Loreto; Que, conforme a lo establecido en los Artículos 3° y 4° de la citada Resolución Suprema, la Comisión Multisectorial se encuentra conformada, entre otras entidades, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, y la formalidad para la acreditación de sus representantes titular y alterno es la expedición de una resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 006-2013-OEFA/PCD del 14 de enero de 2013 se designó al señor Rafael Rojas Rodríguez como representante alterno del OEFA ante la referida Comisión Multisectorial, advirtiéndose que actualmente a dicho profesional se le han encargado otras funciones al interior de la Entidad, estrictamente vinculadas a las labores de supervisión directa; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al nuevo representante alterno del OEFA ante la Comisión Multisectorial encargada de analizar, diseñar y proponer medidas que permitan mejorar las condiciones sociales y ambientales de las poblaciones de las cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón del departamento de Loreto, así como ratifi car la designación del representante titular; Contando con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema N° 200-2012-PCM, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en Literal t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la ingeniera PAOLA CHINEN GUIMA, Directora de Evaluación, como representante alterna del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA ante la Comisión Multisectorial conformada mediante Resolución Suprema N° 200-2012- PCM. Artículo 2°.- Ratifi car a la abogada DELIA MORALES CUTI, Directora de Supervisión, como representante titular del OEFA ante la Comisión Multisectorial conformada mediante Resolución Suprema N° 200-2012-PCM. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 903509-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdos adoptados por el Directorio del FONAFE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 002-2013/001-FONAFE 1. Delegar a ESSALUD las siguientes facultades, previa verifi cación por parte de la Dirección Ejecutiva de FONAFE del cumplimiento de las condiciones mínimas por parte de dicha entidad establecidas en el artículo 38º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública: 1.1 La facultad para evaluar y declarar la viabilidad de todos sus proyectos de inversión pública que se encuentren en la fase de preinversión del ciclo del proyecto, de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por las Leyes 28522 y Nº 28802, el Decreto Legislativo Nº 1005 y Decreto Legislativo Nº 1091. 1.2 La facultad para autorizar la fase de inversión del Ciclo del Proyecto y en consecuencia la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los proyectos de inversión pública, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 6.1 del artículo 6º del Nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2009-EF. 1.3 Todas las facultades y funciones necesarias para llevar a cabo las delegadas en los numerales 1.1 y 1.2, precisando que el Directorio de FONAFE continúa siendo el Órgano Resolutivo y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27293,Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. 2. Instruir a la Dirección Ejecutiva de FONAFE, cumpla con disponer la realización de auditorías independientes anuales o extraordinarias de ser el caso, respecto de la gestión realizada por ESSALUD como parte de las facultades delegadas en el presente acuerdo. 3. Encargar a la Dirección Ejecutiva la realización de las acciones necesarias para la implantación del presente Acuerdo.