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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488472 Que, el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, concordante con el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modifi cado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, establecen que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, mediante la Resolución Directoral N° 153- 2012-COFOPRI/DE de fecha 06 de setiembre de 2012, se designó al señor Quinto Juan Salinas Dávila, como Jefe de la Ofi cina Zonal de San Martín del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, a través del documento de Visto, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, resultando necesario aceptar la renuncia formulada con efectividad a partir del 28 de febrero de 2013; Que, a fi n de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que ejecuta la Ofi cina Zonal de San Martín, resulta necesario encargar el puesto de Jefe de la citada Ofi cina Zonal, en tanto se designe a su titular; Que, el literal a) del artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, establece que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden ejercer temporalmente, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, entre otros, un cargo como empleado de confi anza al interior de la entidad contratante, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 1057, los Decretos Supremos Nº 025-2007-VIVIENDA, Nº 075-2008-PCM y Nº 065-2011- PCM; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Quinto Juan Salinas Dávila, como Jefe de la Ofi cina Zonal de San Martín del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, con efectividad a partir del 28 de febrero de 2013, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir del 01 de marzo de 2013, al señor Nemesio Pinchi Díaz, como Jefe de la Ofi cina Zonal de San Martín del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 904127-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban adjudicación en venta directa de predio ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 002-2013/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 14 de febrero de 2013 Visto, el Expediente Nº 038-2011/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa por causal, formulada por el señor Marko Burin, respecto del predio de propiedad del Estado de 88 218.82 m², ubicado en las Lomas de Río Seco altura del Km. 31.50 de la Carretera Lima-Canta, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12619217 del Registro de Predios de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es propietario de un predio de 88 218.82 m2, ubicado en las Lomas de Río Seco a la altura del Km. 31.50 de la Carretera Lima-Canta, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12619217 del Registro de Predios de Lima, con Registro SINABIP Nº 17201 correspondiente al Libro de Lima; Que, mediante escrito ingresado a esta Superintendencia, con fecha 02 de agosto de 2010, los señores Orlando Agustín Burin Matasa y Diego Martín Burin Matasa, solicitaron la adjudicación en venta directa por causal, establecida en el literal c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, del predio indicado en el considerando precedente, por encontrarse en posesión del mismo con anterioridad al 12 de abril de 2006; Que, con fecha 29 de abril de 2011, profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de esta Superintendencia realizaron la inspección técnica al predio, constatando que el terreno se encuentra ubicado en zona extraurbana, es de forma irregular, constituye ladera del cerro, con 15 a 30% de pendiente, de suelo arcilloso con afl oramiento rocoso, delimitado parcialmente por dos vías carrozables, al interior se observó la existencia de seis galpones para la crianza de pollos, separados por una distancia aproximada de 30 metros a los cuales se accede a través de trochas carrozables; asimismo se observó la existencia de pequeños reservorios de agua y almacenes de alimentos para pollos, infraestructura que ocupa aproximadamente el 60% del área, siendo el acceso a través de una vía carrozable articulada a la carretera Lima –Canta altura del km. 31.5; Que, mediante Informe Nº 00284-2011/SBN-DGPE- SDDI, de fecha 09 de mayo de 2011, con la conformidad de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, se consideró factible dar inicio al trámite de adjudicación en venta directa por causal establecida en el literal c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, a favor de los señores, Orlando Agustín Burin Matasa y Diego Martín Burin Matasa, al haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente; Que, según se observa de los actuados administrativos que se tienen a la vista, con fecha 06 de enero de 2012 (S.I.Nº 00332-2012), el señor Marko Burin, adjuntó el Contrato de Transferencia de Posesión celebrado con los señores Orlando Agustín Burin Matasa y Diego Martín Burin Matasa, respecto al predio submateria, documento con el cual acredita su posesión de conformidad con lo señalado en el artículo 698º del Código Civil y el numeral 3.6 de la Directiva Nº 003-2011/SBN, “Procedimientos para la Aprobación de la Venta Directa por Causal de Predios de Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad”;