Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2013 (23/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o del Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, el informe de valuacion comercial de fecha 14 de marzo de 2012, emitido por la empresa Corporacion Nacional de Tasadores SAC, ratificado con Oficio Nº 5752012-CNT de fecha 11 de diciembre de 2012, establece que el predio submateria tiene un valor comercial de S/.165 278.48 (Ciento Sesenta y Cinco con Doscientos Setenta y Ocho con 48/100 Nuevos Soles) equivalente a US $ 61,214.25 (Sesenta y Un Mil Doscientos catorce con 25/100 Dolares Americanos); Que, mediante el escrito s/n de fecha 11 de MORDAZA de 2012, el senor MORDAZA Burin, manifesto su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, y numeral 3.10 de la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", se publico en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Del MORDAZA, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa con el precio a valor comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre el predio materia de venta, pudieran formular oposicion debidamente sustentada, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion; Que, mediante Memorandum Nº 359-2012/SBNSG-UTD, de fecha 21 de junio de 2012, la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia informa que no se ha presentado oposicion de un tercero al aviso publicado en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal Nº 0041-2012/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 28 de setiembre de 2012, es procedente aprobar la adjudicacion en venta directa por causal contemplada en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA a favor del senor MORDAZA Burin, dado que su solicitud se enmarca en dicho supuesto; Que, mediante Memorandum Nº 592- 2012/SBNPP, de fecha 09 de noviembre del 2012, la Oficina de Procuraduria Publica, de la SBN informa que no existe MORDAZA judicial alguno respecto del predio materia de venta; Que, mediante Memorandum Nº 9231-2011/SBNOAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, ratificado mediante Memorandum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado continuan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacio legal en materia de competencias; Que, mediante Memorandum Nº 9259-2011/SBNSG, de fecha 21 de MORDAZA de 2011, ratificado con Proveido Nº 530-2011/SBN-SG, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Secretaria General de esta Superintendencia dispone que la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y sus respectivas areas continuen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretacion realizada en el documento del parrafo anterior;

Que, mediante Memorandum Nº 10363-2011/SBNDGPE, de fecha 16 de agosto de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal, en su condicion de superior jerarquico de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario y organo de linea de ambito nacional encargado de planificar, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administracion de los bienes estatales a cargo de la SBN, tambien ha ratificado la competencia de esta Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario para seguir ejecutando las funciones de su competencia hasta el momento en que se efectivice las transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Memorandum Nº 127-2013/SBNDGPE, de fecha 28 de enero de 2013, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 054 -2013/SBN-OAJ, de fecha 31 de enero de 2013, la Oficina de Asesoria Juridica senala que encuentra conforme el tramite de la venta por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº0015-2013/SBN, de fecha 04 de febrero de 2013, la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta por causal del predio submateria, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva Nº 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion a favor del senor MORDAZA Burin del predio de 88 218.82 m², ubicado en las MORDAZA de Rio Seco altura del Km. 31.50 de la Carretera Lima-Canta, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12619217 del Registro de Predios de MORDAZA, registrado con SINABIP Nº 17201, correspondiente al Libro de Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de S/.165 278.48 (Ciento Sesenta y Cinco Mil con Doscientos Setenta y Ocho con 48/100 Nuevos Soles) equivalente a US $ 61,214.25 (Sesenta y Un Mil Doscientos catorce con 25/100 Dolares Americanos), conforme a la valorizacion efectuada por la empresa Corporacion Nacional de Tasadores SAC, precio que debe ser cancelado en un plazo de treinta (30) dias habiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en representacion del Estado, otorgara la respectiva Escritura Publica de transferencia a favor del senor MORDAZA Burin, una vez cancelado el precio de venta del predio. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la venta directa de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 903567-1

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