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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (25/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de febrero de 2013 488575 por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2013; fi jándose en S/. 1.95 (Uno y 95/100 Nuevos Soles), el monto que deben abonar los contribuyentes por dicho derecho, estableciéndose asimismo que los contribuyentes abonarán S/. 0.36 (Treinta y Seis Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional que posean. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIOS DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2013 Artículo Primero.- Apruébese la Estructura de Costos y Estimación de Ingresos (Anexo 01) y el Informe Técnico de Distribución del Costo, que por concepto del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución a domicilios de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013, como parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Fíjese en S/ 1.95 (Uno y 95/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del tributo y Distribución a domicilios de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2013. Los contribuyentes deberán abonar, adicionalmente la suma de S/. 0.36 (Treinta y Seis Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional al que tenga por el derecho mencionado. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y la del Acuerdo de Concejo ratifi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, la información contenida en la presente Ordenanza se encontrará en la página Web (www.sat.gob.pe) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- Derogar la Ordenanza Nº 493- MSB. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde ANEXO 01 ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE COSTO DE EMISIÓN EJERCICIO 2013 CONCEPTO CANTID UNIDAD MEDIDA COSTO UNITARIO % DEDICAC COSTO TOTAL % COSTOS DIRECTOS 85,619.16 98.94 COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA (*) 5,982.30 Personal Contratado (CAS) Depurador de la base de datos 1 persona 1,897.20 50% 948.60 Analista de Registros 1 persona 1,897.20 90% 1,707.48 Verifi cador de registros 1 persona 1,897.20 90% 1,707.48 Analista de la Gerencia de Tecnologías de la Información 1 persona 3,597.20 45% 1,618.74 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 79,636.86 Materiales Tóner 1 unidad 453.00 30% 135.90 Papel 1 millar 20.96 100% 20.96 Servicios de terceros Servicio de impresión 1 servicio 79,480.00 100% 79,480.00 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 921.15 1.06 COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA 857.48 Personal Nombrado Jefe de Unidad de Servicio y Orientación Tributaria 1 persona 5,716.50 15% 857.48 GASTOS INDIRECTOS Y ADMINISTRATIVOS 63.67 Otros Movilidad 1 recibo 63.67 100% 63.67 TOTAL GENERAL 86,540.31 100.00 (*) Se está considerando la dedicación promedio del personal de cada área operativa. ESTIMACION DE INGRESOS 2013 CONCEPTO FORMATOS COSTO x UNIDAD INGRESO % Cuponera (Parte permanente) 38,337 1.59 60,955.83 Valor por predio (Parte variable) 71,068 0.36 25,584.48 Totales 1.95 86,540.31 100.00 904133-1