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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (28/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489746 Conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car la Resolución Directoral Nº 003-2011-MEM/DGH, a fi n de dejar sin efecto el “FORMATO D – Diesel B5, Importadores”. Artículo Segundo.- Aprobar el “FORMATO ID” (Importación de Diesel B5), el cual deberá ser presentado por los Importadores de Diesel B5 al Administrador del Fondo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 010-2004 y modifi catorias. El referido Formato se encuentra anexo a la presente resolución y será publicado en la página web del Ministerio de Energía y Minas, en el área de hidrocarburos. Este Formato se entregará al Administrador del Fondo en disco magnético (diskette) de 3 ½” o en disco compacto (CD) y en hoja impresa debidamente fi rmada por el representante legal de la empresa importadora. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA DÍAZ GAZZOLO Directora General de Hidrocarburos (e) 905097-1 INTERIOR Aprueban modificación del TUPA del Ministerio, en lo relativo a derechos de tramitación de procedimientos administrativos que corresponden a la PNP, DICSCAMEC y DIGEMIN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0177-2013-IN Lima, 27 de febrero de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 252-2013-IN-PNP-EMG/DIRASADM- DIVDSA-EMC del Jefe del Estado Mayor de la Policía Nacional del Perú, el Ofi cio Nº 366-2013-IN-MIGRACIONES- DODH de la Dirección de Operaciones y Desarrollo Humano de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, y el Ofi cio Nº 4525-2013-SUCAMEC- DODH de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos – SUCAMEC, mediante los cuales se solicita la modifi cación de procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-IN se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Interior”, el mismo que comprende los procedimientos y servicios administrativos realizados por los diferentes órganos que integran el Sector Interior, entre ellos la Policía Nacional del Perú, la Dirección General de Migraciones y Naturalización – DIGEMIN y la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC; Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la entidad, con el objeto de brindar a los ciudadanos la información sobre los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, establece que una vez aprobado el TUPA de la entidad, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; publicándose la modifi cación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, a través del Ofi cio Nº 252-2013-IN-PNP-EMG/ DIRASADM-DIVDSA-EMC de fecha 19 de febrero de 2013, el Jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú remitió el Informe Técnico Nº 011-2013-IN-PNP- EMG/DIRSAMD-EMC de la misma fecha, elaborado por el Equipo de Mejora Continua de la Policía Nacional del Perú, mediante el cual propone la modifi cación de derechos de tramitación de determinados procedimientos administrativos a su cargo; Que, mediante Ofi cio Nº 366-2013-IN-MIGRACIONES- DODH de fecha 22 de febrero de 2013, la Dirección de Operaciones y Desarrollo Humano de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES (antes DIGEMIN), remitió el Informe Técnico Nº 007-2013-IN- MIGRACIONES-DODH de la misma fecha, a través del cual propone la modifi cación de derechos de tramitación de determinados procedimientos administrativos a su cargo; Que, a través del Ofi cio Nº 4525-2013-SUCAMEC- DODH de fecha 22 de febrero de 2013, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (antes DICSCAMEC), remitió el Informe Nº 032-2013-SUCAMEC- DODH de la misma fecha, proponiendo la modifi cación de determinados procedimientos administrativos a su cargo; Que, mediante los documentos reseñados en párrafos precedentes, los mencionados órganos del Sector Interior señalaron que el TUPA del Ministerio del Interior fue elaborado dentro los lineamientos legales y técnicos dispuestos por el Gobierno Central, sincerándose los costos de tramitación de los procedimientos administrativos al identifi carse en forma específi ca los elementos de costos que intervienen en los mismos; sin perjuicio de lo cual, indican que han efectuado una revaluación de los principales procedimientos administrativos y servicios contenidos en el TUPA que tienen mayor impacto social, por lo que se ha replanteado que determinados costos contenidos en los servicios de terceros no identifi cables, material no fungible, depreciación y amortización y algunos costos fi jos, cuya apreciación representa un incremento sustancial en los derechos de tramitación, pueden seguir siendo asumidos por el presupuesto del Sector Interior, reduciéndose los costos de tramitación para los ciudadanos, proponiendo en ese sentido, la modifi cación del costo de determinados procedimientos; Que, en atención a los requerimientos efectuados en los párrafos precedentes, mediante Informe Nº 000050- 2013/IN/DGPP/DPP de fecha 25 de febrero de 2013, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto, en su calidad de área técnica especializada, opinó que resulta técnicamente viable la modifi cación del derecho de tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA del Ministerio del Interior propuestos por el Jefe del Estado Mayor General Policía Nacional del Perú, la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES y la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Se precisa que, a través del Ofi cio Nº 000939-2013/IN/DGPP de fecha 25 de febrero de 2013, la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto dio conformidad al referido informe y solicitó la aprobación de la modifi cación del TUPA del Ministerio del Interior; Que, en ese sentido, el Ministerio del Interior considera conveniente modifi car su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, reduciendo los derechos de tramitación de algunos procedimientos administrativos; resguardándose los Principios de Celeridad, Efi ciencia y Simplicidad establecidos en la Ley Nº 27444; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos – SUCAMEC, de la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto, del Viceministerio de Gestión Institucional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”; la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”; el Decreto Legislativo Nº 1135, “Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”; y, el Decreto Supremo Nº 002-