Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

489757

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario Nº 114315 de fecha 15 de septiembre de 2012, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA (UNSA), en adelante La Universidad, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en la Interseccion de la via MORDAZA Yura, Sub Lote B, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa; Que, mediante Oficio Nº 7177-2012-MTC/15.03 de fecha 05 de octubre de 2012, notificado el 09 de octubre de 2012, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Universidad, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 127859 de fecha 19 de octubre de 2012, La Universidad presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el considerando que antecede; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular y operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 302-2012-MTC/15.03. A.A., resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Universidad, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA (UNSA) como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en: Interseccion de la via MORDAZA Yura, Sub Lote B, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. Articulo Segundo.- La Universidad autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Universidad autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones

contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:

Fecha MORDAZA de MORDAZA Primera renovacion de carta fianza 16 de septiembre del 2014 MORDAZA renovacion de carta fianza 16 de septiembre del 2015 Tercera renovacion de carta fianza 16 de septiembre del 2016 Cuarta renovacion de carta fianza 16 de septiembre del 2017 MORDAZA renovacion de carta fianza 16 de septiembre del 2018 ACTO
En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Universidad autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 02 de MORDAZA del 2013 02 de MORDAZA del 2014 02 de MORDAZA del 2015 02 de MORDAZA del 2016 02 de MORDAZA del 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA (UNSA), a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transporte de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- La UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA (UNSA), debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre ­ DGTT del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Fecha MORDAZA de MORDAZA

Relacion del equipamiento requerido por Noventa (90) dias calendarios el Articulo 34º del presente Reglamento de otorgamiento la acompanada con los documentos que autorizacion sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de ubicacion, distribucion y Memoria Treinta (30) dias calendarios Descriptiva del local del Centro de Inspeccion de otorgada la autorizacion. Tecnica Vehicular ­ CITV con su respectiva memoria descriptiva. Licencia de Funcionamiento y Certificado Noventa (90) dias calendarios de compatibilidad de uso emitido por la de otorgada la autorizacion municipalidad correspondiente

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.