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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (28/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489750 procedimientos administrativos sancionadores pendientes de pronunciamiento; Que, teniendo en cuenta el principio de celeridad contemplado en el numeral 1.9 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es indispensable dotar al Consejo de Apelación de Sanciones de una estructura funcional necesaria para un desarrollo eficaz de sus competencias; Que, en consecuencia resulta pertinente crear dos áreas especializadas transitorias de pesquería y designar a los miembros que las integrarán; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear dos (02) áreas especializadas transitorias de pesquería en el Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, conforme al siguiente detalle: - Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería. - Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería. Artículo 2.- Designar al abogado CARLOS EDUARDO SILVA OLIVA como miembro titular y Presidente, a la abogada VERÓNICA CAROLA CABALLERO GONZÁLES y a la ingeniera BEATRIZ MERCEDES CASTRO MARTÍNEZ como miembros titulares del Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeñan. Asimismo, a la abogada ANGELA MARÍA TAFUR BOULLOSA y al ingeniero IVÁN ENRIQUE MALAVER ARAUJO en calidad de miembros suplentes de la citada Área Especializada, en adición a las funciones que actualmente desempeñan. Artículo 3.- Encargar la Presidencia del Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones al Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, abogado ROBERTO GERMÁN VÉLEZ SALINAS, en adición a las funciones que actualmente desempeña, hasta la designación del titular de dicha Área Unipersonal y al abogado CARLOS EDUARDO SILVA OLIVA como suplente en adición a sus funciones. Artículo 4.- Designar al abogado JORGE ENRIQUE GUILLERMO BERRIOS ALLISON como Secretario Técnico del Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción y al abogado DANTE FRANCISCO GIRIBALDI MEDINA como Secretario Técnico del Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeñan. Artículo 5.- Instrúyase al Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción para que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, apruebe las medidas destinadas a la descarga procedimental y efectúe la implementación, supervisión y seguimiento de las metas, evolución e indicadores de gestión del Área Especializada de Pesca conforme al Plan Operativo Institucional, dando cuenta al Despacho Ministerial de manera trimestral. Artículo 6.- Disponer que el Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, presente un proyecto de Reglamento Interno del CONAS para su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 905208-2 Aprueban Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2013-PRODUCE Lima, 26 de febrero de 2013 VISTOS: El Memorando N° 004-2013-PRODUCE/ CONAS-PRE, del Consejo de Apelación de Sanciones; Memorando Nº 0007-2013-PRODUCE/DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; Memorando Nº 0266-2013-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Memorando Nº 0805-2013- PRODUCE/SG de la Secretaría General; y, el Informe N° 023-2013-PRODUCE-OGAJ-cmorenov de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2001-PE de fecha 16 de abril de 2001, se aprobó el Reglamento Interno del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de Pesquería; Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE, de fecha 23 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en adelante el ROF, cambiándose la denominación del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de Pesquería a Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 119° del ROF, dispone que el Consejo de Apelación de Sanciones – CONAS, evalúa y resuelve, en segunda y última instancia administrativa, los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones sancionadoras del Sector, así como también los procedimientos de fraccionamiento y otros benefi cios para el pago de multas, conforme a la normatividad vigente y a su Reglamento Interno; Que, en tal sentido, a efectos de regular la organización, funciones y procedimientos del CONAS, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento Interno; Con el visado de los Despachos Viceministeriales de Pesquería, de MYPE e Industria, de la Secretaría General y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, el cual consta de cuatro (4) Títulos, tres (3) Capítulos, veinte (20) Artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias Finales y una (1) Disposición Complementaria Transitoria, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial N° 137- 2001-PE que aprobó el Reglamento Interno del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE APELACIÓN DE SANCIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. Objeto El presente Reglamento Interno regula la organización, funciones y procedimientos del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adelante CONAS, de conformidad con el Reglamento de