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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (28/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489754 de Innovación Tecnológica de la Madera (CITEmadera) y del Centro de Innovación Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas (CITEccal) conforme a los Anexos I, II y III que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Derogatoria Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 091-2012- PRODUCE y modifi catoria que aprobó los Tarifarios de Servicios de los Centros de Innovación Tecnológica del Ministerio de la Producción. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y sus anexos, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 905208-4 Actualizan Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2013-PRODUCE Lima, 26 de febrero de 2013 VISTOS: el Memorando Nº 0303-2013-PRODUCE/ OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos, el Informe Nº 0083-2013-PRODUCE/OARH-OGRH, de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos, el Memorando Nº 0594-2013-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 49-2013-PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización y el Informe Nº 24- 2012-PRODUCE/OGAJ-emolero de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 374-2012- PRODUCE del 14 de agosto de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 478-2012- PRODUCE y Nº 035-2013-PRODUCE del 09 de noviembre de 2012 y 18 de enero de 2013 respectivamente, se aprobaron reordenamientos de cargos contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción; Que, de conformidad con el artículo 4 de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el CAP es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 13 de los mencionados Lineamientos, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para la Asignación de Personal – CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo aprobarse el reordenamiento de cargos mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 16 del Decreto Supremo antes mencionado, dispone que de haber existido el reordenamiento de cargos conforme al artículo 13 de los Lineamientos, la Entidad deberá actualizar su CAP y publicarlo mediante resolución de su Titular. La publicación deberá ser aprobada anualmente durante el primer bimestre de cada año bajo responsabilidad del titular del órgano responsable de la elaboración del CAP; Que, resulta pertinente actualizar el CAP aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 374-2012-PRODUCE y modifi cado mediante Resoluciones Ministeriales Nº 478- 2012-PRODUCE y Nº 035-2013-PRODUCE y disponer su publicación; Con el visado de Secretaría General y las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos, Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, “Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”; y la Resolución Ministerial Nº 343-212-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Actualizar el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 374-2012-PRODUCE y modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 478- 2012-PRODUCE y Nº 035-2013-PRODUCE, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, (www.produce. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 906097-1 SALUD Conceden prórroga a la Comisión Sectorial encargada de proponer las acciones que permitan implementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29698, Ley que declara de interés nacional y preferente atención el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras y huérfanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2013/MINSA Lima, 26 de febrero del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-016108-001, que contiene el Ofi cio Nº 062-2013-CSERH/MINSA de la Comisión Sectorial encargada de proponer las acciones que permitan implementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29698, Ley que declara de interés nacional y preferente atención el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras y huérfanas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 691-2012/ MINSA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 19 de agosto de 2012, se conformó la Comisión Sectorial encargada de proponer las acciones que permitan implementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29698, Ley que Declara de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que padecen Enfermedades raras o huérfanas, cuyo plazo de vigencia es hasta el 26 de febrero de 2013; Que, con el documento del visto de fecha 15 de febrero de 2013, la Presidenta de la Comisión Sectorial, expresó la necesidad de extender la vigencia del citada Comisión por veinte (20) días hábiles adicionales a fi n de que la Comisión culmine con la labor encomendada; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,