Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2013 (10/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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comision de expertos en el MORDAZA de la Medicina Humana, a fin de que, constaten in situ las instalaciones en donde se desarrollan las actividades academicas de la MORDAZA Profesional de Medicina Humana de la universidad en mencion. Articulo 3º.- Recomendar a la Universidad Privada TELESUP tramitar su acreditacion ante el organismo competente, de acuerdo con las normativas vigentes. Articulo 4°.- Registrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en el articulo 1º de la presente resolucion, asimismo, dispongase su difusion a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General y la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de nuestra Institucion, para que a partir de la fecha de publicacion de la misma se proceda de acuerdo a Ley, bajo responsabilidad. Articulo 5°.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 959208-1

El Peruano Miercoles 10 de MORDAZA de 2013

ii. Copias certificadas de las partidas de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA (tio del alcalde) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mateo. iii. Copias certificadas de las partidas de nacimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arteaga. iv. Impresiones del MORDAZA de Transparencia Economica, del Ministerio de Economia y Finanzas, de los anos 2011 y 2012, de proveedores de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, que acreditaria que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue proveedora durante esos anos. Descargos del MORDAZA afectado El 6 de MORDAZA de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo sus descargos, ante el Concejo Distrital de Ayaviri, senalando que no ha realizado ningun nombramiento, ni contratacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para trabajar en la Municipalidad Distrital de Ayaviri. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Ayaviri El Concejo Distrital de Ayaviri, en sesion extraordinaria, de fecha 29 de diciembre de 2012, por mayoria, declaro infundada la solicitud de vacancia contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Decision que se expreso en el Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo N° 01-12-2012, de la misma fecha. Fundamentos de la apelacion Con fecha 11 de enero de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo su recurso de apelacion contra la referida acta de sesion de concejo, aduciendo que el Concejo Distrital de Ayaviri no efectuo una valoracion adecuada de las pruebas aportadas, y reafirmandose en los mismos argumentos expuestos en su solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Respecto a la causal de nepotismo establecida en el articulo 22, numeral 8, de la LOM 1. La causal de vacancia solicitada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley N° 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico (en adelante, la Ley), y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo N° 017-2002-PCM (en adelante, el Reglamento). 2. A fin de establecer fehacientemente la existencia de la causal de nepotismo en un supuesto concreto, resulta necesario identificar los siguientes elementos: a) verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) la existencia de una relacion laboral o contractual entre la entidad a la cual pertenece el funcionario y la persona contratada; y c) la injerencia por parte del funcionario para el nombramiento o contratacion de tal persona. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. Analisis del caso concreto 3. Se le imputa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, haber incurrido en la causal de vacancia, prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM, por haber favorecido a su prima hermana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios de alimentacion al MORDAZA, regidores y trabajadores de la referida comuna.

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo que declaro infundada la solicitud de vacancia contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 507-2013-JNE Expediente J-2013-053 AYAVIRI - YAUYOS - MORDAZA MORDAZA, treinta de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo expresado en el Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo N° 01-12-2012, de fecha 29 de diciembre de 2012, que declaro infundada la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ayaviri, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES De la solicitud de vacancia Con fecha 12 de junio de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al MORDAZA Nacional de Elecciones, el traslado de su pedido de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Ayaviri, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), imputandole haber contratado a su prima hermana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios de alimentos, en su restaurante, tanto al MORDAZA, como a los regidores y a todo el personal que trabaja en dicha comuna, para el efecto adjunto los siguientes documentos: i. MORDAZA certificada de la partida de matrimonio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Asunciona Mateo.

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