Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

499115
contra el Acuerdo de Concejo Nº 016-2013-MDT, de fecha 11 de MORDAZA de 2013, que declaro improcedente el pedido de vacancia presentado en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reafirmando, sustancialmente, los argumentos senalados en su solicitud de declaratoria de vacancia. CUESTION EN DISCUSION Conforme a lo MORDAZA expuesto, la materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tiabaya, incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la LOM, al haber supuestamente favorecido y forzado la compra, por parte de la referida comuna, de un terreno de propiedad de MORDAZA MORDAZA Basurco, MORDAZA hermano de su padre, para la ejecucion del proyecto de inversion publica denominado "Mejoramiento del Complejo Recreativo Katari", hecho por el cual, ademas, la referida autoridad MORDAZA habria obtenido un beneficio economico. CONSIDERANDOS Cuestiones generales sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la LOM 1. Es posicion MORDAZA del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones sobre la correcta interpretacion del articulo 63 de la LOM, que la mencionada disposicion no tiene otra finalidad que la de proteger el patrimonio municipal en los actos de contratacion que sobre bienes municipales celebren el MORDAZA, los regidores y los demas servidores, trabajadores y funcionarios de la municipalidad. 2. Bajo tal perspectiva, este colegiado electoral busca evitar que al recaer en una misma persona la responsabilidad de procurar el interes municipal y, al mismo tiempo, el interes particular en la contratacion sobre bienes municipales, se corra el riesgo de que prime el MORDAZA de los mencionados. Por eso, tratando de evitar este conflicto, el articulo 63 de la LOM prohibe la participacion de los alcaldes y regidores de la comuna en los contratos sobre bienes municipales. Mas aun, atendiendo a su especial posicion dentro de la organizacion municipal, se sanciona con la vacancia del cargo la infraccion de tal prohibicion, conforme a lo establecido en el articulo 22, numeral 9, de la LOM. 3. Asi pues, mediante la Resolucion Nº 171-2009-JNE, este Supremo Tribunal Electoral establecio que son tres los elementos que configuran la causal contenida en el articulo 63 de la LOM, los mismos que son: (i) la existencia de un contrato, en el sentido amplio del termino, con excepcion del contrato de trabajo de la propia autoridad, cuyo objeto sea un bien municipal; (ii) la intervencion, en calidad de adquirente o transferente, del MORDAZA o regidor como persona natural, por interposita persona o de un tercero (persona natural o juridica) con quien el MORDAZA o regidor tenga un interes propio (si la autoridad forma parte de la persona juridica que contrata con la municipalidad en calidad de accionista, director, gerente, representante o cualquier otro cargo) o un interes directo (si se advierte una razon objetiva por la que pueda considerarse que el MORDAZA o regidor tendria algun interes personal en relacion a un tercero, por ejemplo, si ha contratado con sus padres, con su acreedor o deudor, etcetera); y (iii) la existencia de un conflicto de intereses entre la actuacion del MORDAZA o regidor, en su calidad de autoridad representativa municipal, y su posicion o actuacion como persona particular de la que se advierta un aprovechamiento indebido. Asimismo, este organo colegiado preciso que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. En esa linea, una vez precisados los alcances del articulo 22, inciso 9, concordante con el articulo 63, de la LOM, en la jurisprudencia del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, se procedera a valorar la congruencia de la motivacion expuesta en la recurrida y la conexion logica de los hechos imputados con la solicitud de declaratoria de vacancia. Analisis del caso en concreto

tradicional Los Tunales, distrito de Tiabaya - MORDAZA Arequipa", hecho por el cual, ademas, la referida autoridad MORDAZA habria obtenido un beneficio economico. Mediante Auto Nº 1, de fecha 18 de enero de 2012, notificado el 4 de marzo de 2013 (fojas 57 a 58), recaido en el Expediente Nº J-2013-00081, este organo colegiado traslado la solicitud de declaratoria de vacancia al respectivo concejo municipal. Descargos del MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 5 de MORDAZA de 2013 (fojas 75 a 90), el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta su escrito de descargos a la solicitud de declaratoria de vacancia, manifestando lo siguiente: a) El perfil del proyecto de inversion publica cuestionado fue registrado en el banco de proyectos, con fecha 28 de diciembre de 2006, y aprobado cuando aun no asumia como alcalde. Mas aun, el referido proyecto fue priorizado por gestiones municipales anteriores, desde el ano 2000, siendo denominado inicialmente denominado "Centro Recreacional Katari", y posteriormente "Mejoramiento del Complejo Recreativo Katari en el pueblo tradicional Los Tunales, distrito de Tiabaya - MORDAZA - Arequipa". b) Existen documentos y sustento tecnico que permiten establecer que el manantial (puquio) de Katari, ubicado en la MORDAZA donde se encuentra el cuestionado predio MORDAZA, es el unico manantial en el distrito de Tiabaya que contiene un caudal de agua de 25.3 l/seg., siendo el mas idoneo para elaborar y ejecutar el proyecto de inversion publica MORDAZA mencionado, a diferencia de otros manantiales que no cuentan con el caudal suficiente para el desarrollo del proyecto, ni tampoco con la accesibilidad adecuada. Asi, la gerencia de desarrollo MORDAZA (area usuaria) fue la que determino la necesidad de adquirir dos terrenos colindantes o adyacentes al manantial Katari. c) Del informe tecnico elaborado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA se desprende que para la ejecucion de dicho proyecto era necesaria la adquisicion de los dos terrenos colindantes con el manantial de agua, entre los que se encuentra el de propiedad de MORDAZA MORDAZA Basurco y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Cuadros. d) Tanto en el Informe Nº 044-2013-ANA-AAA-CO/ALACH.TCE/LOP, emitido por la Autoridad Nacional del Agua, Administracion Local del Agua `Chili', en la que senala que en la MORDAZA se tienen cuatro manantiales, como en el informe tecnico elaborado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se reitera que no existe otro manantial de agua del cual se pueda aprovechar su recurso hidrico, por la escasez de caudal y por la falta de accesibilidad. e) La exoneracion del MORDAZA de seleccion, aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 085-2011-MDT (fojas 32 a 34), se ha cenido a las reglas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017 y en el articulo 135 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y no como senala el recurrente, en base al Decreto de Urgencia Nº 054-2011. En tal sentido, con Oficio Nº 475-2011-MDT-GM, de fecha 12 de diciembre de 2011 (foja 115), la Municipalidad Distrital de Tiabaya cumplio con informar a la Contraloria General de la Republica sobre la referida exoneracion. f) El referido MORDAZA de seleccion ha sido llevado a cabo en forma regular, por cuanto, con respecto al valor referencial del predio a adquirirse, este fue determinado a traves de la valuacion y/o tasacion realizada por el economista MORDAZA Walther MORDAZA MORDAZA, no existiendo ninguna irregularidad en la determinacion del mencionado valor referencial. Sobre la posicion del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Tiabaya En sesion extraordinaria llevada a cabo el 6 de MORDAZA de 2013 (fojas 367 a 370), el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Tiabaya acordo, con una votacion de cinco votos en contra del pedido de vacancia y un MORDAZA a favor, rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la referida comuna. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo de Concejo Nº 016-2013MDT, de fecha 11 de MORDAZA de 2013 (fojas 372 a 376). Sobre el recurso de apelacion Con escrito de fecha 3 de MORDAZA de 2013 (fojas 384 a 393), MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion

4. Ahora bien, en el presente caso, conforme se observa de la solicitud de declaratoria de vacancia, se atribuye a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.